REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL M.P. JAIR SAMIR CORPUS VANEGAS Medellín, veinticinco (25) de julio dos mil veinticuatro (2024) AUTO PROCESO DEMANDANTE DEMANDADAS RADICADO ASUNTO ORDINARIO LABORAL MARÍA ESNEDA MONSALVE BEDOYA PROTECCIÓN S.A. Y OTROS 05001-31-05-018-2022-00093-01 CORRE TRASLADO Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por las demandadas, Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público – OBP, ESE Hospital San Vicente de Paul de Aranzazu y Protección S.A., contra la sentencia emitida el 4 de julio de 2024 por el Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Medellín. Ejecutoriado el presente auto, se corre traslado a las partes para alegar por el término de cinco días, en los términos del numeral 1° del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022.
Los escritos deberán ser remitidos a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior des00sltsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JAIR SAMIR CORPUS VANEGAS Magistrado de Medellín