Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301120240024803 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 25 de mayo de 2026 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, contra la sentencia proferida por el JUZGADO ONCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLLÍN, en el proceso Verbal instaurado por JAIR DE JESÚS FRANCO GUTIÉRREZ, contra MARLENY DEL PILAR MOLINA TORRES.

Se corre traslado a los recurrentes por el término de cinco (5) días, para que sustenten el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formularon contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.

NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No. Rdo: 05001-31-03-009-2024-00248-03