Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 04. 41001-31-05-002-2020-00270-01 AutoObedeceSuperior Dr Gilma

Ponente: Gilma Leticia Parada Pulido

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL MAGISTRADA SUSTANCIADORA: GILMA LETICIA PARADA PULIDO Neiva (H), tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) RAD: 41001-31-05-002-2020-00270-01. PROCESO ORDINARIO LABORAL DE LIBIA RAMÍREZ VALENCIA CONTRA EL FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Obedézcase y cúmplase a lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de JusticiaSala de Casación Laboral, en auto calendado el treinta (30) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), mediante el cual se declaró desierto el recurso de casación. Ahora, conforme a la condena en costas impuesta a la parte demandante, en sentencia de fecha 30 de abril de 2024, se fijan como agencias en derecho la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($650.000 M/CTE.); ello en atención a lo dispuesto en el Acuerdo PSAA16-10554 de 2016, emanado del Consejo Superior de la Judicatura.

Ejecutoriado el presente asunto, devuélvase el expediente a Juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE GILMA LETICIA PARADA PULIDO Magistrada Firmado Por: Gilma Leticia Parada Pulido Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fd6c477b15a2c6f6796365c4dd6221cae883eb60a1a7d03f0a098f36f8eca d98 Documento generado en 03/12/2024 08:52:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica