Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 027-2014-00110-01 MAG. ADRIANA SAAVEDRA LOZADA - AUTO ADMITE RECURSO EFECTO SUSPENSIVO NO DEVOLUTIVO

Sala: SALA CIVIL

11001310302720140011001 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintitrés (23) de julio de dos mil veinticuatro (2024) (Rad n° 110013103-027-2014-00110-01) Revisado el expediente se advierte que la alzada que formuló el extremo demandado en la demanda principal, quién actúa como demandante vía reconvención, se concedió en un efecto que no corresponde, dado que no se daban los presupuestos del artículo 323 del C.G.P., para que la apelación se otorgara en el efecto devolutivo.

En consecuencia, se dispone: Admitir en el efecto suspensivo1 el recurso de apelación interpuesto por el abogado del extremo demandado en la demanda principal, quién actúa como demandante en la demanda de reconvención, contra la sentencia proferida en audiencia por el Juzgado Cincuenta y Uno Civil del Circuito de Bogotá el 26 de Octubre de 2023.

Conforme el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto córrase traslado a la parte apelante por el término de cinco (05) días, para que sustente el recurso o manifieste si la sustentación corresponde al escrito presentado ante el A quo, so pena de declararlo desierto si guarda silencio. Si el apelante allega escrito o manifiesta atenerse a los reparos presentados ante la primera instancia descórrase el mismo a las demás partes por idéntico término, de lo contrario ingrese el expediente al Despacho.

En uso de la prerrogativa del artículo 121 del CGP, debido a la alta carga laboral y para precaver la pérdida automática de competencia, 1 Artículo 323 del CGP. 1 Verbal No. 027-2014-00110-01 Eliseo Martínez Reyes contra Germán Castaño Valencia Admite recurso se prorroga el término para decidir la instancia por seis (6) meses más, contados a partir del vencimiento2.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/JEAR Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 60e4f175a6a32abf4c36d5edd143e5f54a60a749b333f3dc84806d5a4067408f Documento generado en 23/07/2024 10:15:50 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Teniendo en cuenta que la radicación en el Tribunal es del 15 de Julio de 2024.

Exp. 027-2014-00110-01