República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., tres de diciembre de dos mil veinticuatro. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verbal sumario Opp Graneles S.A Zona de Expansión Logística S.A.S. y Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. 110013199002202300257 03 Superintendencia de Sociedades – Delegatura de Procedimientos Mercantiles Recurso de queja Sería del caso resolver el recurso de queja promovido por la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. en la audiencia del pasado 3 de octubre contra el auto que rechazó de plano la apelación presentada contra la sentencia proferida en dicha vista pública, de no ser porque se advierte la necesidad de retornar el expediente a la autoridad judicial de origen, por las razones que pasan a explicarse. 1.
El 3 de octubre hogaño tras instalarse la audiencia de que trata el artículo 373 de la Ley 1564 de 2012 y evacuada la etapa probatoria el juez de primera instancia emitió sentencia1 acogiendo las pretensiones de la accionante. 2. Contra tal decisión, el apoderado de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. – S.P.R. BUN S.A. elevó el recurso ordinario vertical2, el cual fue rechazado de plano por improcedente3 debido a que el proceso es de única instancia. 3.
Ante tal determinación el recurrente incoó recurso de reposición en subsidio queja aduciendo que el asunto del epígrafe no le es aplicable el artículo 42 de la Ley 1258 de 2008 ya que la litis no versa sobre nulidades de actos 1 107Sentencia2024-01-856424.pdf. cuaderno principal. 2023-800-00257 (G). Anexo. Anexo. 01primeraInstancia. 11001319900220230025703. 2 Récord: 3:54:29 a 4:03:55, 106Audiencia2024-01-855129.mp4. cuaderno principal. 2023-80000257 (G).
Anexo. Anexo. 01primeraInstancia. 11001319900220230025703. 3 Récord: 4:15:55 a 4:17:47, 106Audiencia2024-01-855129.mp4. cuaderno principal. 2023-80000257 (G). Anexo. Anexo. 01primeraInstancia. 11001319900220230025703. 110013199002202300335 02 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil societarios ni se elevaron pretensiones de carácter indemnizatorio, resultando dicha interpretación inconstitucional al contrariar el derecho a la doble instancia4. 4.
Frente a lo anterior, el juez de primera instancia resolvió: «Este Despacho concede el recurso de queja ante el Honorable Tribunal Superior de Bogotá y le ordene a la secretaría del Despacho se permita enviar el respectivo expediente en recurso de queja.»5, pretermitiendo resolver sobre el recurso principal de reposición, enviando el legajo a esta Sede Judicial aun cuando le correspondía pronunciarse de fondo sobre el medio de impugnación horizontal. 5.
Así las cosas, se torna imperioso RETORNAR el expediente a la autoridad judicial de origen para que decida de fondo sobre el recurso de reposición impetrado por la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. contra el proveído que rechazó el recurso de apelación contra la sentencia, impartiendo el trámite previsto en el artículo 353 de la Ley 1564 de 2012.
Cúmplase, 2 RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada 4 Récord: 4:18:09 a 4:21:15, 106Audiencia2024-01-855129.mp4. cuaderno principal. 2023-800- 00257 (G). Anexo. Anexo. 01primeraInstancia. 11001319900220230025703. 5 Récord: 4:21:22 a 4:21:39, 106Audiencia2024-01-855129.mp4. cuaderno principal. 2023-80000257 (G). Anexo. Anexo. 01primeraInstancia. 11001319900220230025703. 110013199002202300335 02 Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9c8d2b7474eda166dba89649d1169f05e52799bd93f32445f6ac9e19bcb3b260 Documento generado en 03/12/2024 06:17:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica