Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 22 I208-Admite2019-00032

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 208 Radicación No. 76-520-31-05-002-2019-00032-04 Guadalajara de Buga, veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte ejecutante el auto interlocutorio No. 0192 del 19 de febrero de 2025, mediante el cual, entre otras, decidió sobre el mandamiento de pago y medidas cautelares; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – (V.), dentro del Proceso Ejecutivo Laboral promovido por JULIETA BIANCHA ROJAS contra INSTITUCIÓN CASA DEL NIÑO POBRE.

Providencia suceptible del recurso de alzada de conformidad con lo previsto en los numerales 6 y 7 del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bc8ff909ddbfabdcdc804c44efe54ea715dcc7452c87c67263b22350b8a036e8 Documento generado en 29/05/2025 01:51:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica