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auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 06AutoAdmiteTutelaFolio060-26 (1)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería – Córdoba Sala de Decisión Civil Familia Laboral Actuando como juez constitucional CRUZ ANTONIO YÁNEZ ARRIETA Magistrado Folio 060-26 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2026 10038 00 Montería (Córdoba), trece (13) de febrero de dos mil veintiséis (2.026) De conformidad con los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, admítase la correspondiente acción de tutela instaurada por HELIO JOSÉ MARTÍNEZ CAMARGO actuando como apoderado judicial contra el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA (CÓRDOBA) Ténganse como pruebas las aportadas al proceso por la parte accionante.

Vincúlese al trámite de la presente acción al Juzgado Primero Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Montería y a todos los intervinientes, dentro del proceso ordinario laboral radicado n.° 23 001 41 05 001 2025 00386 00 que se tramita en el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple y en el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Montería bajo el radicado n.° 23 001 31 05 004 2025 00160 00.

Comuníqueseles el objeto de la presente acción a los juzgados accionados y vinculados con el fin de que se pronuncien sobre los hechos en ésta planteados, dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación. Envíeseles copia de la presente acción. Radicación n.º 23 001 22 14 000 2026 10038 00 Folio 060-26 Requiérase a los Juzgados Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple y Cuarto Laboral del Circuito de Montería (Córdoba), para que, en el término de un (1) día envíen el link del expediente correspondiente al proceso ordinario laboral con radicado n.° 23 001 41 05 001 2025 00386 00 y n.° 23 001 31 05 004 2025 00160 00, a fin de poder notificar a cada una de las partes que intervinieron (partes, terceros, abogados, auxiliares de la justicia) en dicho proceso y se pueda resolver de fondo el asunto que nos convoca, advirtiendo que el expediente deberá estar organizado, numerado, cada archivo deberá tener el nombre de la actuación que corresponda y dicho expediente debe poseer el índice electrónico, conforme a lo establecido en el protocolo de digitalización y organización del expediente digital dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura y en la tabla de retención documental.

Una vez allegado el expediente, comuníquese a las personas interesadas en el presente asunto, por el medio más expedito, de acuerdo con lo normado en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991. En caso de no poder notificárseles personalmente, notifíqueseles por estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRUZ ANTONIO YÁNEZ ARRIETA Magistrado Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 2 Código de verificación: 3a80bce36abdc22693cfee2925d3462b99f0042926bb2cdee9362bec31a28aea Documento generado en 13/02/2026 03:08:10 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica