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auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 23AutoRequiere (1)

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial de Valledupar Sala Quinta de Decisión Civil – Familia – Laboral OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada Sustanciadora Radicación n.º 20001310300320180034001 Proceso: Rescisión por lesión enorme Demandante: Sociedad Grupo Guatapurí S. en C. Demandado: Alfredo Villazón Gutiérrez Trámite: Auto requiere Valledupar, seis (6) de marzo de dos mil veintiséis (2026).

Previo a resolver lo que en derecho corresponda, respecto al «recurso de reposición o súplica» formulado por el abogado Abdon Alberto Sierra Gutiérrez, resulta necesario que, en el término perentorio de cinco (5) días, contado a partir de la notificación del presente proveído, ACLARE en procura de qué sujeto o parte procesal formula el recurso, por cuanto verificado el plenario no se observa que quien adujo ser su poderdante, esto es, Sergio Rafael Araujo Castro, fungiese como demandante o demandado en el presente trámite, ni como representante legal ni mucho menos como apelante, por el contrario, de acuerdo con las actuaciones fungió como testigo.

Se destaca que el recurso de alzada propuesto y que se declaró desierto fue formulado por la parte actora, esto es, la SOCIEDAD GRUPO GUATAPURI S. EN C., de la que es apoderado sustituto, por lo que deberá Radicación n.° 20001310300320180034001 aclarar lo requerido en el término previamente otorgado, so pena de desestimar el recurso por falta de legitimación en la causa.

Notifíquese y cúmplase. OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada 2