TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 470 Radicación No. 76-520-31-05-002-2023-00038-01 Guadalajara de Buga, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio N°1614 del 16 de septiembre de 2024, mediante el cual el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – (V.) negó el decreto de una prueba; providencia proferida dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por ANA LUCÍA DÍAZ MADROÑERO contra SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. y que es susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del art. 65 del CPT y de la SS.
Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: af891b7649e4edfd29a4250559a4b0dd06d12d6ff45b15fa72291575af6f4cbf Documento generado en 15/12/2024 11:26:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica