Tribunal Superior de Distrito Judicial Bogotá, cinco de febrero de dos mil veintiséis Expediente 11001-31-03-048-2021-00700-01 Teniendo en cuenta que las señoras Martha Ligia Sierra y Blanca Ligia Arias de Sierra oportunamente interpusieron recurso de apelación contra la sentencia de nueve de diciembre de 2025, proferida por el Juzgado Cuarenta y Ocho del Circuito de esta ciudad1 el Despacho, con fundamento en lo previsto en el artículo 323 del Código General del Proceso dispone: Admitir, en el efecto devolutivo el recurso interpuesto.
Ejecutoriado este proveído, de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco días siguientes. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el mismo término. Si no se sustenta oportunamente, este se declarará desierto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 Consecutivo 39 Grabación Audiencia 373 minuto 44:23 https://etbcsj.sharepoint.com/teams/GRUPO2LIANAAIDALIZARAZOVACA/_layouts/15/stream.aspx?id=%2Fteams%2FGRU PO2LIANAAIDALIZARAZOVACA%2FDocumentos%20compartidos%2FGeneral%2FVIGENTES%2FCIVIL%2FApelacionSe ntencia%2F11001310304820210070001%2F001PrimeraInstancia%2FC01Principal%2F39GrabacionAudienciaArt373Sente ncia9Diciembre2025Parte2%2Emp4&referrer=StreamWebApp%2EWeb&referrerScenario=AddressBarCopied%2Eview%2E ac1c0158%2D0a01%2D4a53%2D85e2%2D6dcdf27e845d AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA Magistrada Firmado Por: Amanda Janneth Sanchez Tocora Magistrada Sala 008 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e9d05b999da4104699f037ef66b925b70c64c36eb88ca909c0a5f716ac3bcacf Documento generado en 05/02/2026 03:28:16 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica