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auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001 31 03 015 2019 00455 01 AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, veintidós (22) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Providencia: Sustanciador/ponente: Verbal- Responsabilidad médica 05001 31 03 015 2019 00455 01 Julián Felipe Manzanares Posada y otros Clínica de Fracturas de Medellín SA Auto que admite apelación Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandante frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO QUINCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN el 7 de febrero de 2024, en el proceso verbal promovido por JULIAN FELIPE MANZANARES POSADA, CARLOS HUGO MANZANARES ÁLVAREZ, LIGIA ISABEL POSADA DE MANZANARES, SEBASTIÁN MAURICIO MANZANARES POSADA, LUZ ADRIANA MANZANARES POSADA, SANDRA PATRICIA SALDARRIGA LÓPEZ contra CLÍNICA DE FRACTURAS DE MEDELLÍN SA.

De conformidad con lo previsto por el numeral 2 del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto SUSPENSIVO. Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro de un término de cinco (5) días al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días al no recurrente, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.

En el evento que el apelante haya formulado y sustentado los reparos en primera instancia de conformidad con lo delineado por la Corte Constitucional en sentencia de T-310 de 2023, se correrá traslado por secretaría en la forma expuesta en esta providencia. Radicado Nro. 05001 31 03 015 2019 00455 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social”

NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Radicado Nro. 05001 31 03 015 2019 00455 01