TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D. C., veintidós de agosto de dos mil veinticinco 11001 3103 017 2022 00366 01 Ref. proceso ejecutivo del Patrimonio Autónomo FAFP JCAP CFG frente a Omar Javier Rodríguez Donoso El suscrito Magistrado declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto, en nombre propio, por el demandado Omar Javier Rodríguez Donoso contra el auto de 15 de mayo de 2025, mediante el cual el Juzgado 17 Civil del Circuito de Bogotá rechazó, de plano, la solicitud de nulidad que formuló el hoy inconforme.
Sobre lo anterior, se observa que el memorial contentivo del referido recurso de apelación fue suscrito directamente por el ejecutado, quien no anunció, ni acreditó su eventual condición de abogado titulado. Entonces, como no se configura en esta oportunidad excepción alguna a la regla general de ejercer el derecho de postulación que consagra el artículo 73 del C. G. del P., es indefectible la inadmisión del recurso impetrado.
Devuélvase el expediente al juzgado de origen. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 791359a7cbb943995459eec80c866baea8415897c61acfcbd0500a1e266cf8fb Documento generado en 22/08/2025 02:50:23 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica OFYP 2022 00366 01 1