TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., siete de abril de dos mil veinticinco. Radicado: 11001 31 03 033 2021 00042 02 Se admite, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado 33 Civil del Circuito en audiencia celebrada el 26 de junio de 2024, dentro del proceso de Kelly Bibiana Granada Bustamante y Otros contra Seguros Colpatria S.A. y Otro.
Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, el apelante cuenta con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentó su recurso de apelación, frente a lo cual la parte no apelante tiene cinco (5) días para la réplica.
Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que el apelante acuda al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia.
NOTIFÍQUESE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 033 2021 00042 02 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2c70bf21df7c3d296754865d95c6eaf2cf1293031584ee1d5cf806a41d99ffe4 Documento generado en 07/04/2025 04:54:07 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica