Micelio

auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 05AutoAdmiteFolio554-25

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería – Córdoba Sala de Decisión Civil – Familia – Laboral Folio 554- 25 Radicación 23 555 31 89 001 2004 00076 02 Montería (Córdoba), seis (6) de octubre del año dos mil veinticinco (2025) Para los fines pertinentes, téngase en cuenta que el expediente objeto de apelación fue remitido por la autoridad judicial respectiva, el cual se incorpora en este asunto.

Ahora bien, el numeral 2° del artículo 13 de la ley 2213 de 2022 dispone: 2. Cuando se trate de apelación de un auto se dará traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días y se resolverá el recurso por escrito. En mérito de lo expuesto, se

RESUELVE

PRIMERO: SÚRTASE el traslado a las partes para alegar por escrito, por el término común de cinco (5) días hábiles, término que empezará a correr a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído.

SEGUNDO: Los escritos deberán allegarse únicamente al correo institucional de la Secretaría secscflmon@cendoj.ramajudicial.gov.co, de con la Sala la que es: indicación del RADICADO COMPLETO DEL PROCESO, FOLIO, NOMBRE DE LAS PARTES y EL MAGISTRADO QUE CONOCE DEL ASUNTO, recibido éstos en horario laboral (8:00am -5:00pm), por Secretaría se conservarán en línea los ejemplares de los traslados, para consulta permanente por cualquier interesado.

TERCERO: Vencido el traslado regrésese el expediente al despacho para proveer.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 2 Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0e4c5ed3985297d7ef459cc750dd5bd0d8d6f2a173dd689a97ab2698af30d997 Documento generado en 06/10/2025 02:59:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3