Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 15 08001315301620240018001 04AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Bernardo López

Código 08001315301620240018001, Radicación Interna: 46.814, Proceso R.C.C Demandante Conjunto Residencial Puerto Conga, Demandados: Air-e S.A. E.S.P. República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Quinta Civil-Familia - Unitaria Barranquilla Atlántico MAGISTRADO SUSTANCIADOR: BERNARDO LÓPEZ Barranquilla- Atlántico, enero veintiuno (21) de dos mil veintiséis (2026) Radicación: 08001315301620240018001 Radicación interna: 46.814 PROCESO Responsabilidad Civil Contractual Demandante: Conjunto Residencial Puerto Conga Demandados: AIR-E S.A.S. E.S.P. Procedencia: Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Barranquilla Asunto: Apelación Sentencia Se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2025 por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Barranquilla.

Una vez cobre ejecutoria la decisión, el apelante tendrá cinco (5) días para sustentar el recurso y luego se dará traslado a la contraparte por igual término, conforme a la ley 2213 de 2022, y el artículo 110 del Código General del Proceso. Los escritos de sustentación deberán ser remitidos a los seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co; correos con electrónicos copia a scf01bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, BERNARDO LÓPEZ Magistrado Firmado Por: Bernardo Lopez Magistrado Sala 001 Civil Familia Código 08001315301620240018001, Radicación Interna: 46.814, Proceso R.C.C Demandante Conjunto Residencial Puerto Conga, Demandados: Air-e S.A. E.S.P. Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bdeffb815d3d2662de04c3c06d875892a025ccf90f112bc3b6f931afcb6d7abe Documento generado en 21/01/2026 02:17:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica