Constancia del Despacho. Revisado el expediente digital, se advierte que la sentencia fue proferida el 24 de octubre de 2024. El juzgado remitió el expediente a la Oficina Judicial el 30 del mismo mes y año, siendo recibido por la Secretaría de la Sala Laboral al día siguiente, esto es, el 31 de octubre de 2024. No obstante, el expediente solo pasó al Despacho para el estudio de admisibilidad del grado jurisdiccional de Consulta el 25 de octubre de 2025.
Carlos Arturo Gelves Claros Profesional Especializado. REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral EMERITA GELVEZ ROZO. ENRIQUE ROSAS GARCIA. 68001-31-05-003-2022-00152-01 2024-1353 Contrato Laboral – Acreencias Auto Admisorio ADMÍTASE el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de la parte demandante EMERITA GELVEZ ROZO, respecto de la sentencia proferida el veinticuatro (24) de octubre de 2024 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga, por causa y ocasión de lo dispuesto en el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14.
EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: db4f0ef94ae7525c8fd77f2e0e4b5c1e2f59e9a721fe198789999e0f9b15826c Documento generado en 26/11/2025 01:53:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica