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auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: 25899-31-05-002-2021-00194-03. AutoConcedeCasacion

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Javier Antonio Fernández Sierra

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA Y AMAZONAS SALA LABORAL Magistrado Ponente JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA Bogotá. D. C., diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Procede la Sala a decidir sobre la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada1 contra la sentencia proferida por este Tribunal el 24 de enero de 20252 dentro del proceso adelantado por WILSON ENRIQUE GUATAME MARTÍNEZ Y OTRA contra MARCO FIDEL ÁLVAREZ LANDINEZ Y OTRO – Radicación 25899-31-05002-2021-00194-03.

Para resolver la viabilidad del recurso de casación interpuesto se considera: El interés jurídico para recurrir en casación se encuentra determinado por el agravio o perjuicio causado a unas de las partes o a ambas, con la sentencia recurrida, para ello, el artículo 86 del C.P.T. Y S.S. consagra que podrán acceder en casación aquellos procesos cuya cuantía exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente.

Se tiene que, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Zipaquirá, en providencia del 24 de noviembre de 20233 declaró que entre la demandante Andrea Reina (Q.E.P.D) y el demandado Marco Fidel Álvarez Landinez existieron dos contratos de trabajo “entre el 1° de junio de 2005 al 10 de mayo de 2016 y del 1° de mayo de 2017 al 19 de marzo de 2020”.

En consecuencia, condenó al demandado Marco Fidel Álvarez Landinez a pagar por las siguientes sumas y conceptos: Segundo: Condenar al señor Marco Fidel Álvarez, a pagar a favor de la parte demandante las siguientes sumas y conceptos: A. $2.566.408 por concepto de las cesantías de 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020. B. 507.678 por concepto de intereses a las cesantías y su sanción. C. 2.566.408 por concepto de la prima de servicios.

D. 1.266.015 por concepto de compensación de vacaciones. E. 21.607.272 por concepto de sancion (sic) por sanción moratoria por el no pago de cesantias (sic) y despues (sic) del 20 de marzo de 2022 intereses moratorios la tasa permitida por la Superintendencia Financiera por concepto de cesantías. F. Indexación conforme al IPC certificado por el DANE por la condena de primas compensación de vacaciones e intereses de cesantías desde la finalización del vínculo y hasta su pago efectivo.

Tercero: Condenar al señor Marco Fidel Álvarez, a transferir a la AFP Porvenir S.A., el valor actualizado – cálculo actuarial- de los aportes para pensión, correspondiente a los periodos 1 Archivo 12 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 2 Archivo 10 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 3 Archivo 44 de la Carpeta 01, Subcarpeta 01 del expediente electrónico.

Los cuales, deberá liquidar la entidad de seguridad social Porvenir a su entera satisfacción, teniendo como base el SMLMV. Cuarto: Condenar a la AFP Porvenir S.A., a reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de la señora Andrea Reina Suárez a la señorita Andrea Valentina Guatame Reina desde el 20 de diciembre de 2020 hasta que cumpla los 25 años de edad y acredite la condición de estudiante, ello, en cuantía de un salario mínimo legal mensual vigente para cada anualidad, debiendo indexar las mesadas a la fecha de su pago.

Así mismo, se faculta a Porvenir S.A., a descontar los valores que hubiere pagado por concepto de devolución de saldos o indemnización sustitutiva. El reconocimiento del derecho pensional está supeditado al pago del cálculo actuarial, el cual debe trasladarse a satisfacción de la administradora de pensiones conforme se explicó en la parte considerativa de esta providencia”.

Adicionalmente, declaró no probada la excepción de prescripción propuesta por Porvenir S.A. y absolvió al demandado Marco Fidel Álvarez Landinez de las demás pretensiones incoadas en su contra. Por su parte, esta Corporación, al resolver los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, mediante fallo del 24 de enero de 2025, modificó el numeral segundo de la providencia, “en el sentido de condenar al demandado a pagar a favor de la parte demandante, por concepto de cesantías, intereses a la cesantía, sanción por no pago de intereses, primas de servicios y compensación de vacaciones la suma total por DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($10.651.672.)”.

También revocó el literal E del numeral segundo y absolvió al demandado del pago de la indemnización moratoria; además, revocó los numerales tercero y cuarto de la sentencia apelada y condenó al demandado a reconocer y pagar “la pensión de sobreviviente en favor de WILSON ENRIQUE GUATAME MARTINEZ, a partir del 20 de noviembre de 2020, junto con los incrementos legales anuales y mesada adicional” y absolvió a la AFP PORVENIR S.A de las pretensiones incoadas en su contra y, confirmó en lo demás la providencia atacada.

Así pues, en aras de establecer el interés jurídico de la parte demandada para recurrir en casación, el competente en esta sede judicial ha efectuado la liquidación4 conforme las condenas impuestas, determinando que 4 Cálculo realizado por la Profesional Universitario de Tribunal Grado 12, que se adjunta en su totalidad a esta providencia. ascienden a la suma de $ 655.764.900, cifra que supera ampliamente el monto exigido por el art. 86 del C.P. del T y S.S. Por las anteriores consideraciones, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Laboral, CONCEDE el recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado judicial del demandado Marco Fidel Álvarez Landinez contra la sentencia proferida por esta Sala el 24 de enero de 2025, de conformidad con lo establecido en el art. 86 del C.P.T y de la S.S. En firme esta providencia, envíese el expediente a la Sala de Casación Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase.

JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA Magistrado MARTHA RUTH OSPINA GAITAN Magistrada LAURA FREIDEL BETANCOURT Magistrada LEIDY MARCELA SIERRA MORA Secretaria RADICACIÓN: 25899 31 05 002 2021 00194 01 MAGISTRADO PONENTE: Dr. Javier Antonio Fernández Sierra DEMANDANTE: Wilson Enrique Guatame Martínez - Andrea Valentina Guatame Reina * (Andrea Reina Suarez (q.e.p.d.)) DEMANDADO: Marco Fidel Álvarez Landinez - Porvenir A.F.P. 1a.

INSTANCIA 2a. INSTANCIA CASACIÓN FECHA SENTENCIA 24/11/2023 24/01/2025 OBJETO DE LIQUIDACIÓN: Realizar el cálculo prestaciones sociales y demás acreencias laborales. Tabla Datos Generales de la Liquidación Desde: 1-jun 2005 Extremos Laborales Desde: 1-may 2017 Último Salario Devengado $ 1.970.000 Hasta: Hasta: 10-may 19-mar 2016 2020 Prima de servicios Vacaciones Liquidación Prestaciones Sociales Salario Cesantías Intereses sobre cesantías Sanción por no pago oportuno de intereses Fecha inicial Fecha final Días 01/01/16 10/05/16 130 $ 689.455 $ 248.970 $ 10.789 $ 248.970 $ 124.485 $ 10.789 01/05/17 31/12/17 240 $ 3.937.500 $ 2.625.000 $ 210.000 $ 2.625.000 $ 1.312.500 $ 210.000 01/01/18 31/12/18 360 $ 737.500 $ 737.500 $ 88.500 $ 737.500 $ 368.750 $ 88.500 01/01/20 19/03/20 79 $ 1.728.800 $ 379.376 $ 9.990 $ 379.376 $ 189.688 $ 9.990 Total prestaciones adeudadas Fecha Inicial 10/05/16 Fecha Final 17/03/25 $ 3.990.845 $ 319.279 $ Valor Indexado IPC Inicial IPC Final Factor de indexación Valor (A) (B) (F) = (B/A) (C ) 91,63 147,90 1,6141 3.990.845 1.995.423 $ 319.279 (C * F) $ 644.002 $ 1.039.484 31/12/17 17/03/25 96,92 147,90 1,5260 $ 6.982.500 $ 10.655.301 31/12/18 17/03/25 100,00 147,90 1,4790 $ 2.020.750 $ 2.988.689 19/03/20 17/03/25 104,94 147,90 1,4094 $ 968.419 TOTAL VALORES DE CLÁUSULAS INDEXADOS $ $ 1.364.868 $ 16.048.342 PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Wilson Enrique Guatame Martínez Fecha inicial Fecha final Valor mesada N°.

Mesadas Total 20/11/20 31/12/20 916.264 1,37 1.252.227 877803 3,80 916.264 01/01/21 31/12/21 931.016 13 12.103.206 908526 1,61 931.016 01/01/22 31/12/22 1.000.000 13 13.000.000 1000000 5,62 983.339 01/01/23 31/12/23 1.160.000 13 15.080.000 1160000 13,12 1.112.353 01/01/24 31/12/24 1.300.000 13 16.900.000 1300000 9,28 1.215.579 01/01/25 31/03/25 1.423.500 2,97 4.223.050 1423500 5,20 1.278.789 Valor total $ 62.558.484 PROYECCIÓN EXPECTATIVA MESADAS FUTURAS Wilson Enrique Guatame Martínez Fecha sentencia 24/01/2025 Fecha de nacimiento 3/01/1979 1979 46 2060 Edad a la fecha de sentencia Sexo / genero Masculino Esperanza de vida (Tabla Mortalidad Res. 1555/2010) + 35,3 años Edad aproximada con la esperanza de vida Fecha inicial Fecha final Número de meses faltantes 01/04/25 31/12/25 8,5 01/01/26 31/12/26 01/01/27 01/01/28 81 Mesada Total Mesadas Descuento Salud 10% Total por pagar $ 1.423.500 $ 12.099.750 $ 1.209.975 $ 10.889.775 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/27 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 30/12/28 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/28 31/12/29 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/30 31/12/30 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/31 31/12/31 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/32 30/12/32 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 31/12/32 31/12/33 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/34 31/12/34 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/35 31/12/35 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/36 31/12/36 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/37 31/12/37 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/38 31/12/38 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/39 31/12/39 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/40 31/12/40 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/41 31/12/41 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 1 de 2 01/01/42 31/12/42 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/43 31/12/43 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/44 31/12/44 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/45 31/12/45 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/46 31/12/46 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/47 31/12/47 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/48 31/12/48 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/49 31/12/49 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/50 31/12/50 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/51 31/12/51 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/52 31/12/52 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/53 31/12/53 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/54 31/12/54 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/55 31/12/55 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/56 31/12/56 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/57 31/12/57 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/58 31/12/58 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 01/01/59 31/12/59 13 $ 1.423.500 $ 18.505.500 $ 1.850.550 $ 16.654.950 $ 641.286.750 $ 64.128.675 $ 577.158.075 Total Mesadas Futuras Resumen Liquidación Cesantías $ 3.990.845 Intereses sobre Cesantías $ 319.279 Prima de Servicios $ 3.990.845 Vacaciones $ 1.995.423 Sanción por no pago oportuno de intereses Indexación $ 319.279 $ 5.432.670 Pensión de sobreviviente $ 62.558.484 Subtotal Prestaciones $ 78.606.825 Proyección de mesadas futuras $ 641.286.750 Descuento Salud -$ 64.128.675 Subtotal Proyección por pagar $ 577.158.075 Total Liquidación $ 655.764.900 Fecha liquidación: lunes, 17 de marzo de 2025 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 2 de 2