TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., dieciséis (16) de abril de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: VERBAL – RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL 11001-31-03-008-2025-00294-01 CRISTIAN CAMILO HERNANDEZ PEREZ ARKIT CONSTRUCTORES SAS y otro. ADMITIR los recursos de apelación formulados por ambos extremos de la litis contra la sentencia proferida en audiencia el 29 de enero de 2026, por la Juez 8ª Civil del Circuito de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER a los recurrentes el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que procedan a SUSTENTAR los reparos concretos que formularon ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir a los extremos apelantes que, en ese lapso y en esta instancia deberán sustentar los reparos concretos que formularon en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declararán desiertos los recursos de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co sustentación es Rad. 11001-31-03-008-2025-00294-01 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4e8c2cd8db4e253856f2d7166ca67d9b2b94974aa91da9c0af11a22efe2fa808 Documento generado en 16/04/2026 04:52:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2