REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL FAMILIA IBAGUÉ TOLIMA M.P. PABLO GERARDO ARDILA VELÁSQUEZ Rad. 73319-31-84-001-2021-00304-03 Ibagué, trece (13) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Estando el proceso al Despacho para decidir lo que en derecho corresponda, se
RESUELVE
ADMITIR en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia anticipada proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Guamo Tolima el 13 de febrero de 2026 aclarada y adicionada en providencia del 6 de marzo de 2026.
NOTIFÍQUESE. El Magistrado, PABLO GERARDO ARDILA VELÁSQUEZ Firmado Por: Pablo Gerardo Ardila Velasquez Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 617eb98ce3bceb400e5b0b759c01bd55726a6a941fdf0f74bb34bc463dd5e012 Documento generado en 13/05/2026 03:03:26 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica