Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Sala Primera de Decisión Laboral Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación de sentencia Radicación: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Demandante: ALMA ESPERANZA QUINTANA MARTÍNEZ Demandada: ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP EN LIQUIDACIÓN Asunto: Recurso extraordinario de casación Magistrado Ponente: RAFAEL MORENO VARGAS Ibagué – Tolima, once (11) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Procede la Sala a decidir sobre la concesión del recurso extraordinario de casación formulado por la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN contra la sentencia de segunda instancia proferida el 5 de septiembre de 2024.
CONSIDERACIONES Oportunidad De conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso extraordinario de casación debe interponerse dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia de segunda instancia. En el caso objeto de estudio, se profirió sentencia de segunda instancia el día 5 de septiembre de 2024, por lo que el término de los 15 días para interponer recurso de casación venció el día 27 de septiembre de 2024, conforme a la constancia secretarial de septiembre 30 siguiente, término dentro del cual la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN, presentó recurso de casación el día 27 de septiembre de 2024.
Procedencia Son susceptibles del recurso extraordinario de casación, los procesos ordinarios terminados por sentencia cuya cuantía exceda de 120 veces el salario mínimo legal mensual Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. vigente, que para el año 2024, asciende a la suma de $156.000.000, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 43 de la ley 712 de 2001.
Referentes Jurisprudenciales La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en torno al tema del interés jurídico para recurrir en casación, tuvo la oportunidad de pronunciarse, entre otros, en el auto radicado bajo el número AL2746-2019 del 10 de julio de 2019, radicado No. 81587, con ponencia del Magistrado Fernando Castillo Cadena, en el que se adoctrinó: “(…)Es criterio reiterado de esta Sala de la Corte, que el interés para recurrir en casación está determinado por el agravio que sufre el impugnante con la sentencia acusada, que tratándose del demandado, se traduce en la cuantía de las condenas económicas impuestas, y en el caso del demandante, en el monto de las pretensiones negadas en la sentencia que se pretende impugnar, eso sí, teniendo en cuenta la conformidad o no del interesado respecto del fallo de primer grado(…)” Caso Concreto Descendiendo al caso objeto de estudio, el interés jurídico de la ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN para recurrir en casación, corresponde al agravio sufrido con el fallo de segunda instancia, el cual dispuso CONFIRMAR la sentencia proferida el 31 de julio de 2024 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué. Mediante sentencia proferida el 31 de julio de 2024, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué resolvió i) declarar que la señora Alma Esperanza Quintana Martínez tiene derecho a la pensión restringida de jubilación por retiro voluntario, también conocida como pensión sanción, consagrada en el inciso 2, parte final del artículo 8 de la Ley 171 de 1961.
En consecuencia, condenó a la Electrificadora del Tolima SA ESP en Liquidación a: i) reconocer y pagar la pensión restringida de jubilación por retiro voluntario a partir del 29 de enero 2021, fecha en que la demandante cumplió sus 60 años de edad, en un monto inicial de $962.548.00 pesos, que con los incrementos Legales aplicados para los años siguientes hasta el presente, equivalen a los siguientes valores: mesada pensional año 2022 $1.016 643.00 pesos, mesada pensional año 2023 $1.150.027.00 pesos, mesada pensional año 2024 $1.256.749.00 y deberá pagarse con los demás incrementos Legales que por los años subsiguientes se generen, en los porcentajes que para tal efecto fije el Gobierno Nacional frente a pensiones superiores al mínimo legal, sin que en ningún momento ese monto pueda ser inferior a este tope; ii) pagar la suma de $48.578.649 pesos como retroactivo pensional y, sobre el mismo, el pago de intereses de mora desde el 29 de enero de 2021; advirtiendo que, en caso de que la demandante llegue a adquirir pensión de vejez, es de carácter compartido, teniendo en cuenta que en caso que la demandante acceda a una pensión de vejez, en él se tendrá en cuenta los tiempos cotizados por Electrolima, que fueron 15 años 7 meses 5 días.
Por lo tanto, en el evento en que la demandante Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. llegue a adquirir pensión de vejez por cuenta de Colpensiones, si la pensión que llegue a percibir por parte de Colpensiones es inferior a la que pague Electrolima, Electrolima a partir de ese momento pagará solo la diferencia entre ese mayor valor que se presente entre la pensión aquí establecida y la que reconozca el Seguro Social.
Por el contrario, en caso que la pensión de vejez sea superior al monto que aquí fue reconocido, quedará subsumido todo su valor en el pago de la pensión de vejez. Del mismo modo, condenó en costas a la parte demandada fijando como agencias en derecho el equivalente al 6% del valor total al que ascienden las condenas impuestas, una vez quede en firme la sentencia. Inconforme con el fallo de primera instancia, la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA SA.
ESP en LIQUIDACIÓN interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto por este despacho el día 5 de septiembre de 2024 en los siguientes términos: “PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el 31 de julio de 2024 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué – Tolima en el proceso ordinario laboral promovido por ALMA ESPERANZA QUINTANA MARTÍNEZ contra ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA SA ESP EN LIQUIDACIÓN, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: CONDENAR en COSTAS en esta instancia a la demandada. Fíjese como agencias en derecho la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS ($1.300.000) a favor de la demandante.” Conforme a los parámetros fijados por la Honorable Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Laboral, en el presente asunto, el interés jurídico para recurrir en casación de la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN está determinado por el monto de las condenas impuestas en primera instancia, que dada la confirmación de la sentencia por parte de este Tribunal, corresponde al pago de “la pensión restringida de jubilación por retiro voluntario a partir del 29 de enero 2021, fecha en que la demandante cumplió sus 60 años de edad, en un monto inicial de $962.548.00 pesos, que con los incrementos Legales aplicados para los años siguientes hasta el presente”, así como al pago del “retroactivo pensional y, sobre el mismo, el pago de intereses de mora desde el 29 de enero de 2021” y ascienden a la suma total de $474.308.639,61, discriminadas así: RESUMEN LIQUIDACIÓN RETROACTIVO MESADAS $ 50.527.771,53 INTERES DE MORA $ 22.394.292,74 MESADAS FUTURAS $ 401.386.575,34 TOTAL $ 474.308.639,61 Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. De acuerdo con lo anterior, se puede concluir que el interés de la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN para recurrir en casación corresponde a la suma de $ $474.308.639,61 (en consonancia con la liquidación realizada por el liquidador de esta Corporación, la cual se adjunta y hace parte integral de esta decisión); por lo tanto, como quiera que supera el equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes exigidos por la norma para recurrir en casación que para el año 2024 asciende a la suma de $156.000.000, sí le asiste derecho al memorialista a que se le conceda el recurso extraordinario de casación interpuesto.
En virtud de lo expuesto, la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, RESUELVE:
PRIMERO: CONCEDER el Recurso Extraordinario de Casación formulado por la demandada ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S.A. ESP en LIQUIDACIÓN contra la sentencia segunda instancia proferida el 5 de septiembre de 2024.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta providencia, envíese digitalizado el expediente a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, RAFAEL MORENO VARGAS Magistrado JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada JDHG Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. AÑO PENSIÓN SANCIÓN SALARIO MINIMO 2.021 2.022 2.023 2.024 962.548,00 1.016.643,00 1.150.027,00 1.256.749,00 908.526,00 1.000.000,00 1.160.000,00 1.300.000,00 Liquidación pensión restringida de jubilación por retiro voluntario - Alma Esperanza Quintana Martínez Liquidado HASTA (Año/Mes/Día): Liquidado DESDE (Año/Mes/Día): DESDE Año 2024 2021 HASTA MESADAS Año Mes Año Mes 2021 01 2024 9 $64.170 2021 02 2024 9 $962.548 2021 03 2024 9 $962.548 2021 04 2024 9 $962.548 2021 05 2024 9 $962.548 2021 06 2024 9 $962.548 2021 07 2024 9 $962.548 2021 08 2024 9 $962.548 2021 09 2024 9 $962.548 2021 10 2024 9 $962.548 2021 11 2024 9 $962.548 2021 12 2024 9 $962.548 2021 M 2024 9 $962.548 2022 01 2024 9 $1.016.643 2022 02 2024 9 $1.016.643 2022 03 2024 9 $1.016.643 2022 04 2024 9 $1.016.643 2022 05 2024 9 $1.016.643 2022 06 2024 9 $1.016.643 2022 07 2024 9 $1.016.643 2022 08 2024 9 $1.016.643 2022 09 2024 9 $1.016.643 2022 10 2024 9 $1.016.643 2022 11 2024 9 $1.016.643 2022 12 2024 9 $1.016.643 2022 M 2024 9 $1.016.643 2023 01 2024 9 $1.160.000 2023 02 2024 9 $1.160.000 Mes 9 1 Día 5 29 Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. 2023 03 2024 9 $1.160.000 2023 04 2024 9 $1.160.000 2023 05 2024 9 $1.160.000 2023 06 2024 9 $1.160.000 2023 07 2024 9 $1.160.000 2023 08 2024 9 $1.160.000 2023 09 2024 9 $1.160.000 2023 10 2024 9 $1.160.000 2023 11 2024 9 $1.160.000 2023 12 2024 9 $1.160.000 2023 M 2024 9 $1.160.000 2024 01 2024 9 $1.300.000 2024 02 2024 9 $1.300.000 2024 03 2024 9 $1.300.000 2024 04 2024 9 $1.300.000 2024 05 2024 9 $1.300.000 2024 06 2024 9 $1.300.000 2024 07 2024 9 $1.300.000 2024 08 2024 9 $1.300.000 2024 09 2024 9 $216.667 Total Mesadas $50.527.772 LIQUIDACIÓN DE INTERESES DE MORA EN PENSIONES AÑO MES DIA Liquidado HASTA: 2024 9 Liquidado DESDE: 2021 1 Tasa máxima de interés moratorio vigente al momento de efectuarse el pago: (Art. 141 de la Ley 100 de 1993).
Tasa de interés moratorio para Septiembre de 2024 Año Mes Mesadas Adeudadas Tasa Interes Días 5 29 2,13% Total intereses Intereses Acumulados 2021 1 $ 64.170 2,13% 2 $ 91 $ 91 2021 2 $ 1.026.718 2,13% 30 $ 21.918 $ 22.010 2021 3 $ 1.989.266 2,13% 30 $ 42.467 $ 64.476 2021 4 $ 2.951.814 2,13% 30 $ 63.015 $ 127.491 2021 5 $ 3.914.362 2,13% 30 $ 83.563 $ 211.055 2021 6 $ 4.876.910 2,13% 30 $ 104.112 $ 315.167 2021 7 $ 5.839.458 2,13% 30 $ 124.660 $ 439.827 2021 8 $ 6.802.006 2,13% 30 $ 145.209 $ 585.035 2021 9 $ 7.764.554 2,13% 30 $ 165.757 $ 750.792 Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. 2021 10 $ 8.727.102 2,13% 30 $ 186.305 $ 937.098 2021 11 $ 9.689.650 2,13% 30 $ 206.854 $ 1.143.951 2021 12 $ 11.614.746 2,13% 30 $ 247.950 $ 1.391.902 2022 1 $ 12.631.389 2,13% 30 $ 269.654 $ 1.661.555 2022 2 $ 13.648.032 2,13% 30 $ 291.357 $ 1.952.912 2022 3 $ 14.664.675 2,13% 30 $ 313.060 $ 2.265.972 2022 4 $ 15.681.318 2,13% 30 $ 334.763 $ 2.600.736 2022 5 $ 16.697.961 2,13% 30 $ 356.466 $ 2.957.202 2022 6 $ 17.714.604 2,13% 30 $ 378.170 $ 3.335.372 2022 7 $ 18.731.247 2,13% 30 $ 399.873 $ 3.735.245 2022 8 $ 19.747.890 2,13% 30 $ 421.576 $ 4.156.821 2022 9 $ 20.764.533 2,13% 30 $ 443.279 $ 4.600.100 2022 10 $ 21.781.176 2,13% 30 $ 464.982 $ 5.065.082 2022 11 $ 22.797.819 2,13% 30 $ 486.686 $ 5.551.768 2022 12 $ 24.831.105 2,13% 30 $ 530.092 $ 6.081.860 2023 1 $ 25.991.105 2,13% 30 $ 554.856 $ 6.636.716 2023 2 $ 27.151.105 2,13% 30 $ 579.619 $ 7.216.335 2023 3 $ 28.311.105 2,13% 30 $ 604.383 $ 7.820.718 2023 4 $ 29.471.105 2,13% 30 $ 629.146 $ 8.449.864 2023 5 $ 30.631.105 2,13% 30 $ 653.910 $ 9.103.774 2023 6 $ 31.791.105 2,13% 30 $ 678.673 $ 9.782.447 2023 7 $ 32.951.105 2,13% 30 $ 703.437 $ 10.485.884 2023 8 $ 34.111.105 2,13% 30 $ 728.201 $ 11.214.085 2023 9 $ 35.271.105 2,13% 30 $ 752.964 $ 11.967.049 2023 10 $ 36.431.105 2,13% 30 $ 777.728 $ 12.744.777 2023 11 $ 37.591.105 2,13% 30 $ 802.491 $ 13.547.268 2023 12 $ 39.911.105 2,13% 30 $ 852.018 $ 14.399.286 2024 1 $ 41.211.105 2,13% 30 $ 879.771 $ 15.279.057 2024 2 $ 42.511.105 2,13% 30 $ 907.523 $ 16.186.580 2024 3 $ 43.811.105 2,13% 30 $ 935.275 $ 17.121.855 2024 4 $ 45.111.105 2,13% 30 $ 963.028 $ 18.084.883 2024 5 $ 46.411.105 2,13% 30 $ 990.780 $ 19.075.663 2024 6 $ 47.711.105 2,13% 30 $ 1.018.532 $ 20.094.195 2024 7 $ 49.011.105 2,13% 30 $ 1.046.284 $ 21.140.479 2024 8 $ 50.311.105 2,13% 30 $ 1.074.037 $ 22.214.516 2024 9 $ 50.527.772 2,13% 5 $ 179.777 TOTAL INTERES MORATORIO $ 22.394.293 TOTAL MESADAS $ 50.527.772 $ 22.394.293 *Se liquida a fecha de sentencia de 2 instancia, los valores deberán actualizar conforme lo ordenado, al momento real de pago MESADAS FUTURAS FECHA DE NACIMIENTO FECHA A LIQUIDAR MESADAS FUTURAS EDAD EXPECTATIVA DE VIDA EXPECTATIVA DE VIDA * 13 MESADAS ANUALES VALOR ULTIMA MESADA PROYECCION MESADAS FUTURAS 29/01/1961 6/09/2024 63,65 23,75 308,76 $ 1.300.000,00 $ 401.386.575,34 Radicación No: 73001-31-05-003-2024-00052-01 Clase de proceso: Ordinario Laboral - apelación sentencia Demandante: Alma Esperanza Quintana Martínez Demandadas: Electrificadora del Tolima S.A. ESP en Liquidación. RESUMEN LIQUIDACIÓN RETROACTIVO MESADAS INTERES DE MORA MESADAS FUTURAS TOTAL $ 50.527.771,53 $ 22.394.292,74 $ 401.386.575,34 $ 474.308.639,61 Firmado Por: Rafael Moreno Vargas Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 685d3ee1bb640f27fbb67f027ad49c685cc13b8b116d202d4078cc80e33f18eb Documento generado en 11/12/2024 03:10:55 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica