REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., cuatro (04) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-03-030-2018-00084-01 Demandante: JAIRO ALONSO MANCILLA VILLAMIZAR Demandado: MÓNICA LILIANA SEPÚLVEDA CORTÉS y otros. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida el 24 de junio de 2024 y corregida el 02 de septiembre del mismo año, por el Juzgado Treinta Civil del Circuito de Bogotá, en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).
Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, el apelante DEBERÁ sustentar el recurso dentro de los cinco días siguientes. Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f78ca883c70c977b642f2d7826cbbbfa5ce21c8bef496f60162cfc690085aeb4 Documento generado en 04/08/2025 03:40:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica