Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 002. 014-2022-00027-01JAVP AutoAdmiteApelacionCorregido

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Jurisdicción Ordinaria Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali Sala Civil REFERENCIA COMPLETA: Rad. Única Nal: 76001-31-03-014-2022-00027-02 Radicación interna: 5514 Proceso: Verbal de restitución de tenencia Demandante: Christian Murrle Rojas Demandada: Carlos Jorge Garcés Eder Procedencia: Juzgado 14 Civil del Circuito de Cali Motivo: Admite Apelación Magistrado Sustanciador: JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA.

Santiago de Cali (V), doce (12) de marzo de dos mil veinticinco (2025). El Juzgado Catorce Civil del Circuito de Cali concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y la apelación adhesiva de la demandante en contra de la sentencia No. 6 del 20 de febrero de 2025, proferida dentro del proceso de la referencia. En vista de lo anterior, y teniendo en cuenta que el mencionado recurso cumple con las formalidades previstas por el artículo 322 del C.G.P., este Despacho procede a ADMITIRLO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G.P., en firme la admisión del recurso, CONCÉDASE A LA APELANTE el término de cinco (5) días para que sustente ante esta Corporación la alzada conforme los reparos concretos expuestos ante el juez de primera instancia, so pena de tenerse por desierto su recurso. 76001-31-03-014-2022-00027-01 De las sustentaciones, CÓRRASE TRASLADO a la parte contraria por el término de cinco (5) días para que se pronuncien sobre las mismas.

Vencido tal término se proferirá sentencia escrita que se notificará por estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA Firmado Por: Julian Alberto Villegas Perea Magistrado 76001-31-03-014-2022-00027-01 Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 73fc474fb700d0504dbdbb1bd60b404d90821f1fde28c160bed9402b4b487863 Documento generado en 12/03/2025 02:45:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 76001-31-03-014-2022-00027-01