Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 004 2020 00093 01 DR CHAVARRO AUTO ACEPTA DESISTIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Decisión Verbal Fluxicontrol S.A.S. Fiduciaria Bancolombia S.A. y otros 110013103004 2020 00093 01 Acepta desistimiento de las pretensiones y ordena devolver al juzgado de origen Sería el caso entrar a resolver el recurso de reposición y, en subsidio, el de súplica interpuesto1 por la apoderada de la parte demandante contra la providencia del 18 de julio último2, mediante la cual esta Corporación declaró desierto el remedio vertical atemperado frente a la sentencia de primer grado fechada 8 de abril pasado, proferida por el Juzgado 4 Civil del Circuito de esta ciudad, si no fuera porque, con posterioridad, la profesional del derecho que representa a dicho extremo presentó escrito de “(…) DESISTIMIENTO TOTAL DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA (…)”3, circunstancia que torna inocuo decidir el mencionado medio de censura.

En todo caso, teniendo en cuenta esa manifestación, y lo previsto en el artículo 314 del Código General del Proceso, según el cual estatuye que “(…) [c]uando el desistimiento se presente ante el superior por haberse interpuesto por el demandante apelación de la sentencia (…), se entenderá que comprende el del recurso (…)”, en concordancia con el canon 316 ibídem, se dispone: 1 Archivo “009RecursoReposicion.pdf” de la “02SegundaInstancia”. 2 Archivo “008AutoDeclaraDesierto.pdf”. 3 Archivo “013SolicitudDesistimiento.pdf”.

Exp. 110013103004 2020 00093 01 1. Aceptar el desistimiento que hace la mandataria judicial de la demandante respecto de las pretensiones del libelo, así como del remedio vertical formulado contra la sentencia de primera instancia. 2. Abstenerse de condenar en costas por no aparecer causadas. Por Secretaría envíese el expediente digital al despacho de origen.

Ofíciese. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8133933a7b347bec70fa4584e70182bdf21b478256278ceabe9ad8117cfb413b Documento generado en 26/09/2025 10:32:14 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica