Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 008-2021-00001-02 DRA VELASQUEZ AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

Verbal Demandante: EMPRESA NACIONAL PROMOTORA DEL DESARROLLO TERRITORIAL -EN TERRITORIO Demandados: PEYCO, PROYECTOS, ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES, sociedad extranjera con sucursal en Colombia bajo denominación PEYCO COLOMBIA y Otros. Rad. 110013103008202100001 02 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., veinte de octubre de dos mil veinticinco.

En el efecto devolutivo, se admite el recurso de apelación -con adhesiónformulado contra la sentencia proferida por el Juzgado octavo (8) Civil del Circuito de la ciudad. Por secretaría, contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley.

Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 60e3a349033efca29462edeb3588974af8ddd5d4919baf5c43195294d8862e3d Documento generado en 20/10/2025 02:49:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica