TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., doce (12) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Radicación 1100131030472020 00096 01 Encontrándose el asunto para dirimir la alzada frente a la sentencia proferida el 25 de agosto de 2023, por el Juzgado 47 Civil del Circuito de Bogotá D.C., se observa que la radicación no es la adecuada, en el entendido que tal como quedo claro y se enmendó en el trámite de apelación del auto remitido por el Estrado cuya decisión se adoptó el 4 de julio de 2024, aquella corresponde a 1100131030472020 00096 01, por lo que se deberá proceder de la misma forma en este asunto, siendo la correcta 1100131030472020 00096 02.
Deberá quedar superada la situación no solo en el expediente sino en el sistema de gestión siglo XXI, donde basta ingresar para darse cuenta de que no se ha corregido. Tanto es así, que, el proveído al que se hace alusión se incluyó en el trámite de la sentencia y no en el auto. Una vez se corrijan las diferentes falencias, de manera adecuada, ingrese al expediente para lo pertinente.
CÚMPLASE, Firmado Por: Clara Ines Marquez Bulla Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1c291fedf1ebfccc805e89ec9a6f7d52c2d2fde82d49bbce5c61db0a089b001b Documento generado en 12/07/2024 09:53:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica