A1 (2024-045) 730013105001-2019-00408-01 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral - Despacho 04 Ibagué, 3 de febrero de 2025 Clase de proceso: Juzgado de origen: Parte demandante: Parte demandada: Radicación: Fecha de decisión: Motivo: M. Sustanciador: Ordinario laboral. Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué Edwing Rodrigo Rosas Prada, María Cristina Ramírez Camacho en nombre propio y en representación de sus hijos menores de edad J.A.R.R. y M.R.R COMCEL S.A. (2024-045) 730013105001-2019-00408-01 Sentencia del 31 de octubre de 2024.
Desistimiento solicitud de aclaración y adición de sentencia Jair Enrique Murillo Minotta. El asunto. Sería el caso resolver sobre la solicitud de aclaración y adición de la sentencia del 31 de octubre de 2024, formulada por el apoderado judicial de la parte de mandante, sino es porque se observa que mediante mensaje de datos allegado por el mismo profesional del derecho el 11 de diciembre de 2024, se desistió de dicho pedimento, requiriendo además, que el expediente sea devuelto al juzgado de origen.
Al respecto, el artículo 316 del Código General del Proceso, aplicable a los juicios del trabajo por remisión del artículo 145 del CPTSS, enseña que las partes podrán desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido. El desistimiento de un recurso deja en firme la providencia materia del mismo, respecto de quien lo hace.
Cuando se hace por fuera de audiencia, el escrito se presenta ante el secretario del juez de conocimiento si el expediente o las copias para dicho recurso no se han remitido al superior, o ante el secretario de este en el caso contrario. Bajo tales premisas, encuentra el suscrito Magistrado los presupuestos fácticos y jurídicos para aceptar el desistimiento de la solicitud de aclaración y adición de la sentencia el 31 de octubre de 2024, presentada por la parte actora, por lo que se ordenará remitir de manera inmediata el expediente al juzgado de origen.
Atendiendo lo expuesto, el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué – Sala Laboral - Despacho 04, dispone: 1°. Admitir el desistimiento de la solicitud de aclaración y adición de la sentencia A1 (2024-045) 730013105001-2019-00408-01 del 31 de octubre de 2024, formulada por el apoderado judicial de la parte actora. 2°. Devolver el expediente al juzgado de origen, previo las anotaciones de rigor..
Notifíquese y cúmplase. JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Sustanciador Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8bee8e875e29974d15d35cd883309af4ff9cf0c213ab12aa99092be96cd3ef18 Documento generado en 03/02/2025 04:33:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica