Micelio

auto — Tribunal Superior de Florencia

Radicado: AdmisorioTutelaGladysTelaj3

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

Auto Admisorio de Tutela. Accionante: Gladys Inés Telaj Valderrama Accionado: Juzgado Segundo de Familia de Florencia, Caquetá RAD: 18001-22-14-000-2025-10069-00. REPUBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL FLORENCIA-CAQUETA Florencia, trece (13) de agosto del año dos mil veinticinco (2025) La señora GLADYS INÉS TELAJ VALDERRAMA, promueve acción de tutela contra el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE FLORENCIA, CAQUETÁ, a objeto que se proteja su derecho fundamental de petición, el que se considera vulnerado por parte del accionado, conforme a los hechos narrados en la solicitud de resguardo incoada.

Examinada la demanda tutelar, se observa que la vulneración de derechos se ubica en el marco del proceso de Sucesión de Segundo Israel Telaj Pulzar con radicado No. 2021-00196-00, el cual conoce el Juzgado accionado, razón por la cual se dispondrá la vinculación de los intervinientes en dicho asunto, porque pueden verse eventualmente afectados con la determinación que aquí se adopte.

Revisado el escrito allegado y al tenor de lo establecido en los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1069 de 2015, 1983 de 2017, y 333 de 2021, en concordancia con el artículo 86 de la Constitución Política, se estima procedente admitir la acción deprecada, disponiéndose en consecuencia imprimirle el trámite correspondiente, razón por la cual se, RESUELVE:

PRIMERO: Admitir la solicitud de tutela presentada por la señora GLADYS INÉS TELAJ VALDERRAMA, contra el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE FLORENCIA, CAQUETÁ, por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición.

SEGUNDO: A través de la Secretaría y por el medio más expedito, notifíquese este auto y hágase entrega de la copia del libelo junto con sus anexos al accionado en este asunto.

TERCERO: Córrase traslado de la solicitud de amparo para que, en el término de un (1) día, rinda informe sobre los hechos en que se fundamenta la protección invocada y remita copias de las actuaciones pertinentes dentro del 1 Auto Admisorio de Tutela. Accionante: Gladys Inés Telaj Valderrama Accionado: Juzgado Segundo de Familia de Florencia, Caquetá RAD: 18001-22-14-000-2025-10069-00. proceso referido en la demanda.

Dentro del mismo término, podrá ejercer su derecho de defensa y aportar las pruebas que estime pertinente.

CUARTO: Vincular a los intervinientes en el proceso de Sucesión de Segundo Israel Telaj Pulzar con radicado No. 2021-00196-00, para que en el término de un (1) día, se pronuncien sobre la presente acción constitucional, ya que pueden verse eventualmente afectados con la decisión que culmine este amparo. Para efectos del enteramiento de los vinculados, por secretaria requiérase la información respectiva al Juzgado accionado.

Si hubiere imposibilidad de notificar, súrtase este trámite por aviso que deberá fijarse a través de la publicación de este proveído en la página web de la Rama judicial/Tribunal Superior de Florencia.

QUINTO: Por Secretaría de la Sala, certifíquese si sobre el asunto se surtió o se surte algún trámite ante esta Corporación. Cúmplase, La Magistrada, DIELA H.L.M. ORTEGA CASTRO. Firmado Por: Diela H.L.M. Ortega Castro Magistrada Despacho 001 Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Florencia - Caqueta 2 Auto Admisorio de Tutela.

Accionante: Gladys Inés Telaj Valderrama Accionado: Juzgado Segundo de Familia de Florencia, Caquetá RAD: 18001-22-14-000-2025-10069-00. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7f4e2b3235da43158b92642239b941ed448724c8fcfe95380ef937bb9416fa92 Documento generado en 13/08/2025 04:11:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3