TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2.025). Ref. Exp. 05266 31 03 003 2023 00356 01 Proceso: Demandantes: Demandadas: Extracto: Reivindicatorio. DARÍO ANTONIO RÍOS LLANOS y otros. DIANA MARÍA LÓPEZ VILLA y otras. Admite apelación. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (SUSPENSIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la sentencia de primera instancia calendada el cinco (5) de febrero de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Envigado.
En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada. Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado por el término común de cinco (5) días a la parte DEMANDADA, para que se pronuncie sobre lo mismo.
Cumplido lo anterior se realizará proyecto para ser sometido al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ec69bf2241e3ef84109abf9753c43a24e6870205e59d2e0eeb62a770d26965b7 Documento generado en 21/04/2025 08:29:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica