Ejecutivo Demandante: Círculo De Viajes Universal S.A.S. Demandados: Máster Building S.A.S. Rad. 11001310305020230002501 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Ponente Bogotá D.C., cuatro de noviembre de dos mil veinticinco.
Sería del caso que el Tribunal se pronunciara sobre el recurso vertical interpuesto contra el auto adiado 23 de julio de 20251, recibido por esta Corporación el 4 de septiembre siguiente; sin embargo, al revisar el plenario se avista que el día 9 postrero, se dictó sentencia de primer grado, la cual quedó en firme al no ser apelada, conforme lo indicó la Sede Judicial2.
En ese orden de ideas, como a la luz de lo previsto en el último inciso del artículo 323 del Código General del Proceso, que establece “…Quedarán sin efecto las decisiones del superior que hayan resuelto apelaciones contra autos, cuando el juez de primera instancia hubiere proferido la sentencia antes de recibir la comunicación de que trata el artículo 326 y aquella no hubiere sido apelada…”, el Tribunal DISPONE:
PRIMERO: ABSTENERSE de resolver la alzada, al resultar inane su resolución ante el proferimiento del evocado veredicto. 1 Archivo 31AutoDecretaPruebasFijaFecha50202300025Del20250723, C01Principal, 001PrimeraInstancia. 2 Archivo 005Juzgado50CivilCircuitoOficioRemisorio&ActaAudiencia, 002SegundaInstancia Radicado 050 2023 00025 01 SEGUNDO: DEVOLVER el expediente al Despacho de origen.
Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3fe7b1d12177dd0bf8168754ab99a4edc31c8941775612376bb26f95175ad578 Documento generado en 04/11/2025 11:01:16 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica