Radicado No. Demandante: Demandado: Asunto: 05360- 31- 05-001-2021-00228-01 Antonio Rodrigo Hincapié Álvarez Coltejer SA Recurso de Casación TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA LABORAL Medellín, diez (10) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Radicado: Demandante: Demandada: Asunto: 05360-31-05-001-2021-00228-01. Antonio Rodrigo Hincapié Álvarez.
Coltejer SA. Recurso de Casación. En el presente proceso laboral ordinario promovido ANTONIO RODRIGO HINCAPIÉ ÁLVAREZ contra las COLTEJER SA, procede la SALA PRIMERA DE DECISIÓN LABORAL a estudiar la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por la apoderada de la parte demandante. Solicitó el actor que se declare ineficaz la suspensión indefinida del contrato de trabajo impuesta por parte de su empleador COLTEJER SA; desde el 16 de mayo de 2020, y como consecuencia, solicitó la reanudación del contrato, y el pago de los salarios adeudados desde el 16 de junio de 2020 hasta el 11 de junio de 2021, así como el pago de las prestaciones legales dejadas de percibir durante este tiempo, indemnización por falta de pago e indemnización por la no consignación oportuna de las cesantías en el fondo, indexación de las condenas y costas procesales.
El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Itagüí, mediante fallo del 26 de agosto de 2022, DECLARÓ probada la excepción de ausencia de derecho sustantivo presentada por la opositora; en consecuencia, ABSOLVIÓ de las pretensiones formuladas en su contra e IMPUSÓ costas a cargo del actor, fijando agencias en derecho en un salario mínimo legal mensual vigente.
Esta Sala Primera de Decisión Laboral, mediante providencia del 05 de abril de 2024, notificada por edictos el 09 de abril del presente año, CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia y CONDENÓ en costas a cargo del demandante fijando agencias en derecho en la suma de $1.300.000 en favor de la parte demandada. Isabela Poveda Rincón. Radicado No. Demandante: Demandado: Asunto: 05360- 31- 05-001-2021-00228-01 Antonio Rodrigo Hincapié Álvarez Coltejer SA Recurso de Casación Procede el recurso de casación en los procesos laborales ordinarios, cuando la cuantía del interés jurídico económico sea superior a ciento veinte (120) veces el salario mínimo mensual legal vigente, de conformidad con el artículo 86 del Código Procesal del trabajo y de la Seguridad Social, es decir, $156’000.000, para el año 2024.
Lo que determina la viabilidad del recurso de casación en materia laboral, por el aspecto cuantitativo, es la cuantía del interés para recurrir que está determinado por el agravio que sufre el impugnante con la sentencia acusada que, tratándose del demandante en el monto de las pretensiones que hubiesen sido negadas por el fallo que se intenta recurrir y, respecto al demandado, se traduce en la cuantía de las resoluciones que económicamente lo perjudiquen, en ambos casos, teniendo en cuenta la conformidad o inconformidad del interesado respecto del fallo de primer grado.
Se circunscribe entonces el interés jurídico económico del señor ANTONIO RODRIGO HINCAPIÉ ÁLVAREZ, a las pretensiones impetradas en la demanda, dejadas de reconocer en ambas instancias relacionadas con el pago de los siguientes conceptos: Salario desde el 16 de junio de 2020 a 11 de junio de 2021 correspondientes a 360 días, siendo equivalentes a la suma de $14.008.680. Prestaciones sociales desde el 16 de junio de 2020 a 11 de junio de 2021para un total de $2.964.180. Sanción del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, en la cual consiste en la indemnización por el no pago de salarios y prestaciones sociales, que calculada como establece la norma: entre el 12 de junio de 2021 y 11 de junio de 2023 (720 días), a razón del salario indicado en la demanda de $1.167.403, arroja la suma de $28.017.360; y del 12 de junio de 2023 al 05 de abril de 2024 los intereses moratorios sobre el salario adeudado más prestaciones sociales, arroja la suma $4.008.739; para un total de $32.026.099. Sanción del artículo 99 de la Ley 50 de 1990, por la no consignación oportuna de las cesantías en un fondo, que en el caso concreto se calcula desde el 15 de febrero de 2021 hasta el 11 de junio de 2021(116 días), por valor de $4.513.908.
Isabela Poveda Rincón. Radicado No. Demandante: Demandado: Asunto: 05360- 31- 05-001-2021-00228-01 Antonio Rodrigo Hincapié Álvarez Coltejer SA Recurso de Casación La indexación del salario adeudado más prestaciones sociales se actualiza con el IPC inicial y final, en este caso sería desde el mes de junio de 2021 hasta el 31 de marzo de 2024, dando una suma de $5.102.156.
Los conceptos mencionados arrojan una suma total de $58.615.022, cifra que no supera la cuantía exigida por la norma. En armonía con lo expuesto, el Tribunal Superior de Medellín Sala Primera de Decisión Laboral, NO CONCEDE para ante la Honorable Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral, el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra el fallo proferido por esta Corporación. Lo resuelto se ordena notificar en anotación por ESTADOS.
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL HACE CONSTAR Que la presente providencia se notificó por estados N°081 del 14 DE MAYO DE 2024. consultable aquí: https://www.ramajudicial.gov.co/web/tribunalsuperiorde-medellin-sala-laboral/161 Firmado Por: Francisco Arango Torres Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Jaime Alberto Aristizabal Gomez Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia John Jairo Acosta Perez Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Isabela Poveda Rincón. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 29c609f0c8bb9985638b49d309c3617283a076ad0d7158b66513e85b5a309663 Documento generado en 10/05/2024 01:09:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica