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auto — Tribunal Superior de San José del Guaviare

Radicado: 94001318900120230008801 AUTO ADMITE

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE San José del Guaviare, veintitrés (23) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Proceso Demandante Ejecutivo Laboral Hermer Enrique Rincón Uñate Demandado Radicado Radicado interno Instancia Decisión Aguas del Guainía A.P.C. 940013189001-2023-00088-01 2024 078 Segunda Admisión de Recurso de Apelación - auto De conformidad con lo previsto en el artículo 82 del CPTSS, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Aguas del Guainía A.P.C., contra el auto proferido el 8 de marzo de 2024, por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida – Guainía. Por último, atendiendo lo previsto en el numeral 1° del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se ordena CORRER TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días cada una, iniciando con la apelante, el que empieza a correr a partir del día siguiente a la ejecutoria de esta providencia. Una vez vencido el plazo anterior, empieza a correr el traslado para los no apelantes.

El correo electrónico dispuesto para tal fin es el siguiente: sectribguaviare@cendoj.ramajudicial.gov.co. Notifíquese y Cúmplase, LADY JOHANA HERNÁNDEZ PIMENTEL Magistrada Firmado Por: Lady Johana Hernandez Pimentel Magistrada Sala Única Tribunal Superior De San Jose Del Guaviare - Guaviare Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 213fa11abb12f15f70138a3d6c0282b655dee3451bd5bbfb74529d3d112a09fd Documento generado en 23/07/2024 10:37:59 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica