Micelio

auto — Tribunal Superior de Tunja

Radicado: Auto Admite Tutela

Sala: SALA CIVIL FAMILIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA PROCESO: ACCIONANTE: ACCIONADO: RADICACIÓN: ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA JESÚS ARMANDO VARGAS RODRÍGUEZ JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE VILLA DE LEYVA. 15001221300020250001400 (2025-0050) Tunja, diez (10) de febrero de dos mil veinticinco (2025)

1. ESCRITO DE TUTELA: JESÚS ARMANDO VARGAS RODRÍGUEZ, acude en tutela pretendiendo se ampare sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, defensa e igualdad, presuntamente conculcados por la autoridad judicial accionada, por lo que pidió que se revoque la sentencia proferida el primero (1) de agosto de 2024, proferida al interior del proceso de simulación con radicado No. 154074089002-2023- 000173-00, la cual fue confirmada por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tunja.

La presente acción constitucional correspondió por reparto al despacho de la Magistrada María Julia Figueredo Vivas, quien en auto del 6 de febrero de 2025 la remitió a este Despacho por conocimiento previo. Aunque el suscrito no comparte tal consideración, dado que en otrora oportunidad lo que se hizo fue declarar la nulidad de la actuación debido a que el Juzgado Cuarto Civil del Circuito carecía de competencia para fallar la tutela en primera instancia, asume este despacho el conocimiento en virtud de los principios de celeridad, economía procesal y tutela judicial efectiva. 1

2. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE TUTELA: El escrito de demanda reúne las exigencias básicas que permiten su trámite porque indica las partes, describe los hechos y circunstancias relevantes que generan la presunta vulneración o amenaza de los derechos que se denuncian, así como el nombre del demandante y la manifestación jurada de no haberse adelantado actuación de la misma índole con fundamento en los mismos hechos, requisito que se entiende cumplido con la impetración de la acción, por lo tanto, se constata que la solicitud de amparo reúne los requisitos exigidos por la ley. 3.

COMPETENCIA: Esta Sala es competente para conocer de la presente acción de tutela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto 2591 de 1991, por lo que resulta pertinente admitir su trámite. 4. VINCULACION: Teniendo en cuenta los hechos de la acción de tutela, se procederá a vincular a la presente acción en calidad de vinculados a las partes e intervinientes en el proceso con radicado No. 2023-00173 del Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villa de Leyva (incluida la abogada Silvia Inés Barrera Avella) y al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tunja.

En mérito de los expuesto, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Tunja, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el trámite de la acción de tutela interpuesta por JESÚS ARMANDO VARGAS RODRÍGUEZ, teniendo como accionado al JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE VILLA DE LEYVA y como vinculados a las partes e 2 intervinientes en el proceso con radicado No. 2023-00173 (incluida la abogada Silvia Inés Barrera Avella) y al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tunja.

SEGUNDO: NOTIFICAR la admisión de la solicitud de tutela por el medio más expedito a las partes y vinculados, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la correspondiente comunicación, se pronuncien sobre los hechos de la tutela, haciéndole entrega de una copia del escrito de tutela y sus anexos, so pena de dar aplicabilidad a lo señalado en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: Solicitar al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villa de Leyva, para que dentro del término improrrogable de un (1) día remita el expediente digital mencionado en el numeral primero de este proveído y suministre la dirección para notificaciones de las partes e intervinientes, dentro del mismo término.

CUARTO: Cumplido lo anterior, regresen las diligencias al despacho para decidir lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JOSÉ HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia 3 Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 609cad5dc8d95deb288cc32c34842fb3ce3a1f7ec5b94278fb7e797772f476ab Documento generado en 10/02/2025 12:52:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica