Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, tres (3) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Verbal de responsabilidad civil 05001 31 03 015 2019 00083 01 Dora Luz Cano de Acevedo y otros Tax Maya SA y otros Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la demandante frente a la sentencia del 29 de abril de 2025, proferida por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Medellín en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.
De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: defd5dda6189a06606ad29f83d2177c62726c30f0394c68a9f6418d1f86855bd Documento generado en 03/03/2026 02:53:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica