Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 65472ObedeceResueltoSuperiorDevuelveJuzgadoOrigen

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Claudia María Fandiño De Muñiz

REPÚBLICA DE COLOMBIA –RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL - SALA DE TUTELA ASUNTO: CONSULTA DE SENTENCIA. DEMANDANTE: MANUEL JULIAN QUIN UJUETA DEMANDADOS: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL – U.G.P.P. C.U.I: 08-001-31-05-001-2016-00080-03 <R.I. 65.472-A. > MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARÍA FANDIÑO DE MUÑIZ.

Barranquilla D.E.I. y P., quince (15) de julio del año dos mil veinticuatro (2024). Devuelto el expediente digital por la H. Corte Suprema de Justicia, Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Laboral, en sentencia CSJ SL43252022 del 14 de septiembre de 2022, radicación No.90441. M.P. Dr. Iván Mauricio Lenis Gómez, por medio de la cual CASA la sentencia del 29 de noviembre de 2022, dictada por la Sala Uno de Decisión Laboral de este Tribunal Superior 1.

Asimismo, lo decidido en la sentencia de instancia CSJ SL1354-2024, de fecha 24 de abril de 2024. Ejecutoriado este auto, se dispone que por la Secretaría de la Sala Laboral, se devuelva oportunamente el expediente digitalizado al Juzgado de origen para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 1 Integrada para dicha calenda por los Magistrados Claudia María Fandiño de Muñiz como ponente, y los Magistrados Jesús Rafael Balaguera y Heidi Cristina Guerrero Mejía como acompañantes.

Código de verificación: fac055526c448dc9f5817c30b8f6efb0c5660fa1ed283731d8ed145602398ee3 Documento generado en 15/07/2024 07:38:52 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica