REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL Bucaramanga, catorce (14) de enero de dos mil veintiséis (2026) PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: ORDINARIO LABORAL HERNANDO SOTO MARTÍNEZ. SERVIGUSTO OUTSOURCING S.A.S. En liquidación, CAMARCA S.A.S., SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A.S. SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A. 68001-31-05-001-2022-00136-01 1248-2025 LLAMADO EN GARANTÍA: RAD.
ÚNICO: RAD. INTERNO: I.
ANTECEDENTES 1.- El 06 de octubre de 2025 el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga profirió sentencia estimatoria a las pretensiones incoadas por HERNANDO SOTO MARTÍNEZ contra SERVIGUSTO OUTSOURCING S.A.S. en liquidación, CAMARCA S.A.S. y SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A. 2.- Frente a esa decisión los codemandados y la apoderada judicial sustituta de la llamada en garantía: SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A., interpusieron recurso de apelación oportunamente, siendo concedidas las alzadas en el efecto suspensivo ante esta Corporación; admitiéndose el recurso mediante auto proferido el 05 de noviembre de 2025. 3.- A través de memorial presentado por la apoderada judicial de SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A., remitido al correo electrónico de la secretaría de esta Corporación, informó sobre su voluntad de desistir del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el 06 de octubre de 2025.
II CONSIDERACIONES A efectos de resolver la solicitud de desistimiento del recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia proferida el 06 de octubre de 2025, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga, cumple precisar que el artículo 316 del Código General del Proceso, aplicable por el principio de integración normativa a que alude el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, concede a las partes la facultad de desistir de los actos procesales que hayan promovido, entre los cuales contempla, PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: LLAMADO EN GARANTÍA: RAD.
ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO LABORAL HERNANDO SOTO MARTÍNEZ. SERVIGUSTO OUTSOURCING S.A.S. En liquidación, CAMARCA S.A.S., SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A.S. SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A. 68001-31-05-001-2022-00136-01 1248-2025 expresamente, los recursos; de igual manera dispone, que el desistimiento deja en firme la providencia materia del recurso, respecto de quien lo hace.
Habida cuenta que la ley adjetiva habilita a las partes para desistir de los recursos interpuestos y dado que no nos encontramos ante una de las situaciones previstas en el artículo 315 de la citada obra instrumental, que refiere a quiénes no pueden desistir, además de contar la apoderada judicial con tal facultad conforme consta en el poder allegado1, es del caso aceptar el desistimiento del recurso de apelación interpuesto.
Finalmente, no se condenará en costas por no hallarse causadas, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 8 del artículo 365 del C.G.P., En atención a lo expuesto, la Magistrada de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, RESUELVE:
PRIMERO. ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la llamada en garantía: SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A., contra la sentencia de primera instancia proferida el 06 de octubre de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga, por las razones antes expresadas.
SEGUNDO. Sin costas en esta instancia en consideración a que no se vislumbran causadas.
TERCERO. En firme esta decisión, continúe el trámite de los recursos de apelación interpuestos de los codemandados.
NOTIFÍQUESE SUSANA AYALA COLMENARES Magistrada Firmado Por: Susana Ayala Colmenares Magistrado Sala 1 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 1 Carpeta digital primera instancia- 046DemandadoPoder.pdf folio 6 2 PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: LLAMADO EN GARANTÍA: RAD.
ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO LABORAL HERNANDO SOTO MARTÍNEZ. SERVIGUSTO OUTSOURCING S.A.S. En liquidación, CAMARCA S.A.S., SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A.S. SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A. 68001-31-05-001-2022-00136-01 1248-2025 Código de verificación: 86097b284512ac54a8159978eb570da2867904d5e7e04b817745359890544d7c Documento generado en 14/01/2026 11:37:31 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3