Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 007. 008-2023-00065-01VSM AutoAdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA CIVIL Santiago de Cali, tres (3) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandantes: Demandados: Radicación: Verbal (RCC) Construcciones Mauricio Monroy S.A.S. Consorcio LCC Ingenieros y otros 76001-31-03-008-2023-00065-01 (3493) De conformidad con lo previsto en el artículo 327 del C. G. del P., y toda vez que los reparos frente a la sentencia impugnada fueron presentados oportunamente por la apelante (art. 322 C. G. del P.), se RESUELVE 1.

ADMITIR en el efecto suspensivo el recurso de apelación presentado por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 19 de febrero de 2025, por el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cali, dentro del proceso verbal de la referencia. 2. ADVERTIR a las partes que la sustentación del recurso y sus réplicas deberán presentarse en la forma establecida en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y remitirse al correo institucional sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co Notifíquese, VIOLETA SALAZAR MONTENEGRO Magistrada 1