“Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, trece (13) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia: Decisión: Ponente: Verbal (responsabilidad civil extracontractual) 05001310301420230041401 (2025-028) Jaime Alberto Álvarez Tobón Seguros del Estado S.A., Productos Juacopan S.A.S., y Máximo de Jesús Vargas Ruiz Auto sustanciación Admite recurso apelación efecto devolutivo Juan Carlos Sosa Londoño Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, en el efecto DEVOLUTIVO se ADMITE el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia emitida el 26 de febrero de 2025 por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Oralidad de Medellín que definió el asunto de la referencia, por los procuradores judiciales de la parte demandante y los procuradores que agencian nos derechos de los codemandados sociedad Productos Juacopan S.A.S., y Máximo de Jesús Vargas Ruiz.
Como quiera que la sentencia que definió la litis se profirió durante la vigencia de la Ley 2213 de 2022 el trámite del recurso de apelación ante esta instancia se tramitará conforme lo previsto en el artículo 12 de dicha normatividad, por tanto, las partes apelantes dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto deberán presentar la sustentación del recurso de apelación, mismos que han de versar sobre los reparos concretos enunciados al momento de interponer el recurso en primera instancia. Vencido dicho término de la sustentación presentada por los recurrentes, la Secretaría correrá traslado por el término común de cinco (5) días.
Se precisa que el memorial de sustentación deberá ser enviado al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Civil: secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO Magistrado Radicado 05001310301420230041401 Firmado Por: Juan Carlos Sosa Londono Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bdef67c2bd23798d4ec0d37e62fdbc6415be9a80c16f4e6c0a08129fa4dcabaf Documento generado en 16/06/2025 01:44:58 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 050013103017220180014701