Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 78.071 AUTO ADMITE (1)

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISION LABORAL MAGISTRADO: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS Barranquilla, dieciocho (18) de marzo de dos mil veintiséis (2026). RAD. INT: 78.071 RADICADO ÚNICO: 08001310501420240008801 DEMANDANTE: LOIDA ESTHER ARIZA CASTRO DEMANDADA: PORVENIR S.A INTEGRADAS: COLPENSIONES Y NACIÓN- OFICINA DE BONOS PENSIONALES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Avocar el conocimiento del presente proceso.

Admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y demandada en reconvención, la parte demandada y demandante en reconvención, PORVENIR S.A., y la integrada NACION- MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE BONOS PENSIONALES, en contra sentencia de fecha 29 de abril de 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, córrase traslado a las partes para que presenten sus alegaciones; a la apelante por el término de cinco (05) días, vencido el término anterior, córrase traslado a los demás sujetos procésales (si los hubiere) por otros cinco (05) días.

En el evento que el/la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS Magistrado