Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 2017 00238 01 RECURSO REPOSICION EN SUBSIDIO QUEJA INDUSTRIAL CONSULTING

Sala: SALA LABORAL

Señores TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No. 1 M.P. Dr. LUIS JAVIER ÁVILA CABALLERO E. S. D. REFERENCIA: Proceso ordinario laboral promovido por JOSÉ JESÚS GUTIERREZ BORGES contra INDUSTRIAL CONSULTING GROUP S.A.S. e INDUSTRIAL CONSULTING S.A.S., ICOGROUP y REFICAR S.A. RADICADO: 13001-31-05-007-2017-00238-01 ASUNTO: Interposición de recurso de reposición y en subsidio de queja contra auto que deniega casación. GINA PAOLA ESPINOSA MARTINEZ,, identificada como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando en mi condición de abogada inscrita en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la firma GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S., persona jurídica que ostenta la calidad de apoderada de la demandada INDUSTRIAL CONSULTING GROUP S.A.S., dentro del proceso ordinario laboral bajo el radicado No. 13001-31-05-007-2017-00238-01 donde funge como demandante el señor JOSÉ JESÚS GUTIERREZ BORGES, según poder que obra en el expediente, atentamente manifiesto a ustedes, que interpongo, dentro del término legal, RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO QUEJA en contra del auto emitido el quince (15) de abril de dos mil veintiséis (2026), mediante el cual se negó el recurso extraordinario de casación contra la sentencia proferida por esta Corporación el treinta (30) de enero de 2026, para que en su lugar se disponga conceder el mismo.

Fundamento este recurso en lo siguiente: • Sea lo primero indicar que el recurso de queja se interpone en atención a lo señalado en los artículos 352 y 353 del Código General del Proceso, aplicable por remisión analógica consagrada en el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo, en el que se indica que el recurso de queja procede contra el auto que deniegue el de casación previo a la reposición del mismo. • El Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Cartagena, mediante sentencia del 12 de octubre de 2021, resolvió condenar a las demandadas como miembros del consorcio ICG-IC S.A.S., al pago de indemnización por despido sin justa causa, reliquidación salarial, prestaciones sociales y aportes a seguridad social, teniendo en cuenta la unidad de contrato con ICOGROUP S.A.S. Colombia: Bogotá | Barranquilla | Cali | Medellín. Ecuador: Quito.

Godoy.legal | contacto@godoy.legal PBX: (+57) 601 3174628 • Teniendo en cuenta la parte resolutiva y motiva de la sentencia, tanto la parte actora como las demandadas INDUSTRIAL CONSULTING GROUP S.A.S. e INDUSTRIAL CONSULTING S.A.S., y REFICAR S.A. presentaron recurso de apelación, los cuales fueron concedidos. • La Sala Primera Fija de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Cartagena emitió sentencia de fecha treinta (30) de enero de dos mil veintiséis (2026), mediante la cual decidió REVOCAR la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre el demandante y la sucursal de INDUSTRIAL CONSULTING GROUP S.A.S. desde el 15 de junio de 2014 al 18 de marzo de 2016; condenó al pago de USD $28.005 por concepto de prestaciones sociales y vacaciones; condenó al pago de $69.487.441 por diferencias de salario; y ordenó el pago del cálculo actuarial de los aportes a seguridad social en pensiones del período comprendido entre el 15 de junio de 2014 al 18 de marzo de 2016, teniendo en cuenta el salario de 5.865 USD. • Ante la anterior decisión, mi representada procedió a interponer recurso extraordinario de casación, dentro del término legal. • Mediante auto del quince (15) de abril de dos mil veintiséis (2026), el Tribunal decidió NO CONCEDER el recurso extraordinario de casación, argumentando que el interés económico para recurrir no superaba los 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes para el año 2026 a la suma de $210.108.600, con base en la liquidación que presentó en dicho auto por valor de $193.495.333. • Sin embargo, la liquidación efectuada por el Tribunal contiene un error determinante en el cálculo actuarial de los aportes a seguridad social en pensiones, lo cual condujo a una subestimación grave del valor total de las condenas, y consecuentemente, a una indebida denegación del recurso de casación. De igual forma, la conversión de la condena en dólares a pesos colombianos no fue realizada conforme a lo ordenado en la propia sentencia recurrida. • La parte motiva del auto recurrido permite evidenciar que se incurrió en errores determinantes en la liquidación realizada para determinar el interés económico para recurrir en casación, como se demuestra a continuación: PRIMER ERROR: CÁLCULO ACTUARIAL DE APORTES A PENSIÓN GROSERAMENTE SUBESTIMADO.

El Tribunal fijó el cálculo actuarial de aportes a seguridad social en pensiones en la suma de $21.473.466. Sin embargo, esta cifra es manifiestamente errónea, pues equivale aproximadamente al valor de un solo mes de salario del trabajador convertido a pesos colombianos (5.865 USD × $3.661 ≈ $21.473.466), cuando en realidad la sentencia ordenó el pago del cálculo actuarial correspondiente a TODO el período contractual comprendido entre Colombia: Bogotá | Barranquilla | Cali | Medellín. Ecuador: Quito.

Godoy.legal | contacto@godoy.legal PBX Colombia: (+57) 601 3174628 el 15 de junio de 2014 y el 18 de marzo de 2016, es decir, aproximadamente 21 meses de cotizaciones a pensión. En efecto, la sentencia de segunda instancia del 30 de enero de 2026, en su numeral CUARTO, expresamente dispuso: “CONDENAR a la demandada INDUSTRIAL CONSULTING GROUP S.A.S. a pagar el correspondiente cálculo actuarial de los aportes a seguridad social en pensiones del periodo del 15 de junio de 2014 al 18 de marzo de 2016, teniendo en cuenta el salario de 5.865 USD.” Esto implica liquidar las cotizaciones pensionales dejadas de pagar durante los 21 meses de relación laboral, no simplemente tomar un mes de salario como lo hizo el Tribunal.

El cálculo actuarial correcto debe realizarse de la siguiente manera: - Salario mensual base: 5.865 USD × $3.593,14 (TRM del 19 de abril de 2026) = $21.073.766 COP/mes. - Período de cotizaciones adeudadas: 15 de junio de 2014 al 18 de marzo de 2016 = 21 meses aproximadamente. - Tasa de cotización a pensión: 16% (correspondiente al total de la cotización obligatoria: 12% empleador + 4% trabajador, que debía asumir el empleador al no haber afiliado al trabajador al sistema de seguridad social como correspondía). - Cotización mensual a pensión: $21.073.766 × 16% = $3.371.803 por mes. - Suma base de cotizaciones adeudadas: $3.371.803 × 21 meses = $70.807.858. - Adicionalmente, conforme al Decreto 1887 de 1994, el cálculo actuarial debe incluir un interés técnico del 4% efectivo anual real.

Desde el punto medio del período adeudado (aproximadamente enero de 2015) hasta abril de 2026 (aproximadamente 11 años), el factor de actualización sería de (1,04)¹¹ = 1,5395, lo que arroja un cálculo actuarial estimado de $70.807.858 × 1,5395 = $109.008.900 aproximadamente. - Así las cosas, incluso en la estimación más conservadora (sin interés), el cálculo actuarial correcto asciende a $70.807.858, cifra que supera en más de tres veces el valor de $21.473.466 consignado por el Tribunal.

Este error es determinante, pues por sí solo incrementa el valor total de las condenas en más de $49.334.392, monto que resulta definitivo para superar la cuantía de los 120 SMLMV. SEGUNDO ERROR: CONVERSIÓN DE LA CONDENA EN DÓLARES A PESOS COLOMBIANOS. La sentencia de segunda instancia condenó al pago de USD $28.005 por concepto de prestaciones sociales y vacaciones, y expresamente dispuso que su equivalente en moneda nacional colombiana debía calcularse “al tipo de cambio oficial al momento del pago”, de conformidad con el artículo 135 del CST.

Sin embargo, el Tribunal al liquidar el interés económico para recurrir, convirtió los USD $28.005 a la suma de $102.534.426, utilizando una Colombia: Bogotá | Barranquilla | Cali | Medellín. Ecuador: Quito. Godoy.legal | contacto@godoy.legal PBX Colombia: (+57) 601 3174628 TRM de aproximadamente $3.661,29 por dólar, sin especificar la fecha de referencia utilizada para dicha conversión. En este punto resulta fundamental señalar que al tratarse de una condena cuyo pago debe efectuarse en moneda colombiana al tipo de cambio del día del pago, se trata de una obligación de valor variable e indeterminado que fluctuará conforme a la Tasa Representativa del Mercado vigente al momento de su ejecución. A la fecha de presentación de este recurso, la TRM asciende a $3.593,14 por dólar estadounidense, lo que arroja un valor de USD $28.005 × $3.593,14 = $100.631.567.

No obstante, esta condena podría alcanzar valores significativamente superiores dependiendo de la tasa de cambio vigente al momento del pago efectivo. LIQUIDACIÓN CORRECTA DE LAS CONDENAS. Con base en lo expuesto, la liquidación correcta del interés económico para recurrir en casación es la siguiente: a) Prestaciones sociales y vacaciones: USD $28.005 × $3.593,14 (TRM 19/04/2026) = $100.631.567. b) Diferencias salariales por tasa de cambio: $69.487.441 (valor en pesos colombianos, ya liquidado en la sentencia). c) Cálculo actuarial de aportes a pensión: $70.807.858 (estimación conservadora sin interés actuarial) o $109.008.900 (con interés) TOTAL CONDENAS (estimación conservadora): $100.631.567 + $69.487.441 + $70.807.858 = $240.926.866.

TOTAL CONDENAS (con interés actuarial): $100.631.567 + $69.487.441 + $109.008.900 = $279.127.908. CUANTIA CASACIÓN (120 SMLMV 2026): $1.750.905 × 120 = $210.108.600. Como se aprecia con total claridad, incluso en la estimación más conservadora ($240.926.866), el valor de las condenas impuestas a mi representada SUPERA holgadamente la cuantía de 120 SMLMV ($210.108.600) exigido por el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo (modificado por el art. 43 de la Ley 712 de 2001) para la procedencia del recurso extraordinario de casación. La diferencia entre el valor correcto de las condenas y la cuantía legal asciende a $30.818.266 en la estimación conservadora y a $69.019.308 con el interés del cálculo actuarial.

De conformidad con lo expuesto, queda demostrado que el auto del 15 de abril de 2026 incurrió en un error determinante al liquidar el cálculo actuarial de los aportes a pensión en la suma de $21.473.466, cuando el valor correcto es, como mínimo, $70.807.858, lo que eleva el total de las condenas a $240.926.866, superando ampliamente la cuantía de $210.108.600 correspondiente a 120 SMLMV.

Colombia: Bogotá | Barranquilla | Cali | Medellín. Ecuador: Quito. Godoy.legal | contacto@godoy.legal PBX Colombia: (+57) 601 3174628 En consecuencia, solicito respetuosamente se sirva REPONER el auto impugnado y, en su lugar, CONCEDER el recurso extraordinario de casación interpuesto por mi representada contra la sentencia proferida por esta Corporación el 30 de enero de 2026.

En subsidio, de no prosperar el recurso de reposición, solicito se conceda el recurso de QUEJA ante la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, de conformidad con lo previsto en los artículos 352 y 353 del Código General del Proceso, aplicables por remisión analógica del artículo 145 del Código Procesal del Trabajo, para que sea dicha Corporación la que en últimas determine la procedencia del recurso de casación. Anexos: • • Certificado de existencia y representación legal de Godoy Córdoba Abogados S.A.S., firma de abogados apoderada.

Documentos personales de la suscrita que acreditan calidad de abogado. - NOTIFICACIONES. Las recibiré en la Secretaría del Juzgado, o en la Calle 84ª N° 10 – 33, pisos 5 y 11, de la ciudad de Bogotá y/o a los correos electrónicos notificaciones@godoy.legal y gespinosa@godoy.legal y celular 3003317477. De ustedes honorables magistrados, GINA PAOLA ESPINOSA MARTINEZ C.C. No. 22.464.396 de Barranquilla T.P. No. 116.498 del C.S. de la Colombia: Bogotá | Barranquilla | Cali | Medellín. Ecuador: Quito.

Godoy.legal | contacto@godoy.legal PBX Colombia: (+57) 601 3174628 Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ CON FUNDAMENTO EN LA MATRÍCULA E INSCRIPCIONES EFECTUADAS EN EL REGISTRO MERCANTIL, LA CÁMARA DE COMERCIO CERTIFICA: NOMBRE, IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO Razón social: GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. Sigla: GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. Nit: 830515294 0 Administración: Direccion Seccional De Impuestos De Bogota, Regimen Comun Domicilio principal: Bogotá D.C. MATRÍCULA Matrícula No. Fecha de matrícula: Último año renovado: Fecha de renovación: Grupo NIIF: 01447565 31 de enero de 2005 2026 20 de marzo de 2026 Grupo I. NIIF Plenas.

UBICACIÓN Dirección del domicilio principal: Municipio: Correo electrónico: Teléfono comercial 1: Teléfono comercial 2: Teléfono comercial 3: Calle 84A #10-33 Piso 5 Bogotá D.C. pagos@godoy.legal 3174628 No reportó. No reportó. Dirección para notificación judicial: Municipio: Correo electrónico de notificación: Teléfono para notificación 1: Teléfono para notificación 2: Teléfono para notificación 3: Calle 84A #10-33 Piso 5 Bogotá D.C. notificaciones@godoy.legal 3174628 No reportó. No reportó. La persona jurídica SI autorizó para recibir notificaciones personales a través de correo electrónico, de conformidad con lo establecido en los artículos 291 del Código General del Procesos y 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Administrativo.

CONSTITUCIÓN Por Escritura Pública No. 0000138 del 25 de enero de 2005 de Notaría 61 de Bogotá D.C., inscrito en esta Cámara de Comercio el 31 de enero de 2005, con el No. 00974508 del Libro IX, se constituyó la sociedad de naturaleza Comercial denominada GODOY CORDOBA ABOGADOS LIMITADA SIN EMBARGO PARA SU IDENTIFICACION PODRA UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION GODOY CORDOBA LTDA. REFORMAS ESPECIALES Por Acta No. 013 de la Junta de Socios del 28 de diciembre de 2009, inscrita el 27 de enero de 2010 bajo el número 01356856 del libro IX, la sociedad de la referencia se transformó de Sociedad Limitada a Sociedad por Acciones Simplificada S A S bajo el nombre de: GODOY CORDOBA ABOGADOS S A S sin embargo para su identificación podrá utilizar simplemente la contracción GODOY CORDOBA S A S Por Acta No. 013 del 28 de diciembre de 2009 de Junta de Socios, inscrito en esta Cámara de Comercio el 27 de enero de 2010, con el No. 01356856 del Libro IX, la sociedad cambió su denominación o razón social de GODOY CORDOBA ABOGADOS LIMITADA SIN EMBARGO PARA SU IDENTIFICACION PODRA UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION GODOY CORDOBA LTDA a GODOY CORDOBA ABOGADOS S A S SIN EMBARGO PARA SU IDENTIFICACION PODRA UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION GODOY CORDOBA S A S. Por Acta No. 33 del 15 de enero de 2018 de Asamblea de Accionistas, inscrito en esta Cámara de Comercio el 30 de enero de 2018, con el No. 02297434 del Libro IX, la sociedad cambió su denominación o razón social de GODOY CORDOBA ABOGADOS S A S SIN EMBARGO PARA SU IDENTIFICACION PODRA UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION GODOY CORDOBA S A S a "GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S." SIN EMBARGO, PARA SU IDENTIFICACION PUEDE UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION "GODOY CORDOBA S.A.S.".

Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Por Acta No. 37 de la Asamblea de Accionistas, del 02 de noviembre de 2018, inscrita el 16 de Mayo de 2019 bajo el número 02466433 del libro IX, la sociedad de la referencia (absorbente) absorbe mediante fusión a la sociedad FRANCISCO BURITICA ABOGADOS CONSULTORES S.A.S. la cual se disuelve sin liquidarse.

Por Acta No. 58 del 19 de julio de 2022 de Asamblea de Accionistas, inscrito en esta Cámara de Comercio el 28 de julio de 2022, con el No. 02862790 del Libro IX, la sociedad cambió su denominación o razón social de "GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S." SIN EMBARGO, PARA SU IDENTIFICACION PUEDE UTILIZAR SIMPLEMENTE LA CONTRACCION "GODOY CORDOBA S.A.S." a GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. y adicionó la(s) sigla(s) GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S..

TÉRMINO DE DURACIÓN La persona indefinida. jurídica no se encuentra disuelta y su duración es OBJETO SOCIAL La sociedad podrá, por sí misma o por intermedio o en asocio con terceros, desarrollar cualquier actividad lícita. De manera particular, pero sin limitarse a ello, la Sociedad tiene por objeto social la prestación de servicios de asesoría jurídica en las distintas disciplinas del derecho, así como la planeación y proyección de negocios a nivel nacional e internacional.

Así mismo, la Sociedad puede dedicarse a la prestación de servicios integrales en prevención de riesgos laborales, promoción y prevención de la salud, asesorías y capacitaciones en las siguientes áreas con profesionales competentes y licencia en salud y seguridad en el trabajo vigente: legal, medicina preventiva y del trabajo, medicina del deporte, nutrición deportiva y ocupacional, fisioterapia, psicología, auditoria, ingeniería, entre otras.

Así mismo, podrá prestar servicios integrales para todas las actividades de asesoría en diseño, implementación y mantenimiento de sistemas integrados de gestión en Seguridad y salud en el trabajo. También podrá llevar a cabo las demás actividades y servicios que de acuerdo con la legislación vigente en riesgos laborales, se deban diseñar e Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ implementar a nivel empresarial en organizaciones de cualquier sector empresarial ya sea del sector público o privado, entre otras.

La Sociedad también podrá poseer y administrar establecimientos de comercio, así como celebrar cualquier tipo de operaciones sobre los mismos, y en general, estará facultada para realizar actividades de importación y exportación de bienes y servicios. CAPITAL * CAPITAL AUTORIZADO * Valor No. de acciones Valor nominal: $10.000.000.000,00: 10.000.000,00: $1.000,00 * CAPITAL SUSCRITO * Valor No. de acciones Valor nominal: $240.201.000,00: 240.201,00: $1.000,00 * CAPITAL PAGADO * Valor No. de acciones Valor nominal: $240.201.000,00: 240.201,00: $1.000,00 REPRESENTACIÓN LEGAL La sociedad tendrá un gerente.

El gerente ejercerá el cargo hasta cuando sea removido o reemplazado por la Junta Directiva de acuerdo con lo señalado en los estatutos. El gerente será el representante legal de la sociedad. El gerente de la sociedad tendrá tres (3) suplentes elegidos por la Junta Directiva, quienes reemplazarán al gerente en sus faltas temporales y en las definitivas hasta cuando la Junta Directiva nombre al sucesor o reemplazo del gerente.

FACULTADES Y LIMITACIONES DEL REPRESENTANTE LEGAL Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ El gerente tendrá en desarrollo del objeto social las siguientes funciones y atribuciones: A) Representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente ante los asociados, terceros y toda clase de autoridades judiciales y administrativas, pudiendo nombrar mandatarios para que representen la sociedad cuando fuere el caso;

B) Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General De accionistas y de la Junta Directiva; C) Realizar y celebrar los actos y contratos que tiendan a realizar los fines de la sociedad; D) Nombrar y remover libremente a los empleados de la sociedad cuyo nombramiento no esté atribuido a la Asamblea General de Accionistas o a la Junta Directiva;

E) Presentar oportunamente a consideración de la Junta Directiva el presupuesto de inversiones, ingresos y gastos que requiera la sociedad; F) Presentar a la Junta Directiva en tiempo oportuno, los estados financieros de propósito general individuales y consolidados cuando sea del caso, con sus notas, cortados al fin del respectivo ejercicio junto con los documentos que señale la ley y el informe de gestión, así como el especial cuando se dé la configuración de un grupo empresarial, todo lo cual se presentará conjuntamente por los administradores a la Asamblea General de Accionistas;

G) Al igual que los demás administradores, deberá rendir cuentas comprobadas de su gestión al final de cada ejercicio dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se retire de su cargo y cuando se las exija el órgano que sea competente para ello. Para tal efecto, se presentarán los estados financieros que fueren pertinentes, junto con un informe de gestión;

H) Cumplir los demás deberes que le señalen los reglamentos de la sociedad y los que le corresponden por el cargo que ejerce y particularmente velar por que a través de la sociedad o en la prestación de los servicios que constituyen su objeto social principal no fluyan o pasen dineros de origen ilícito; I) Delegar determinadas funciones propias de su cargo dentro de los límites señalados en los estatutos;

J) Cuidar de la recaudación e inversión de los fondos de la sociedad; K) Velar porque los empleados de la sociedad cumplan estrictamente sus deberes y poner en conocimiento de la Asamblea General de Accionistas o Junta Directiva las irregularidades o faltas graves que ocurran sobre este particular. Esta función se cumplirá dentro de los parámetros de la estructura de la sociedad y teniendo en cuenta las funciones y procedimientos asignados a otros funcionarios de la sociedad, como cabezas de área;

L) Convocar a la asamblea general de accionistas a sesiones ordinarias, y a las extraordinarias siempre que lo crea conveniente o cuando le corresponda de acuerdo con lo previsto en estos estatutos y Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ en la ley;

M) Las demás que le asignen la ley y estos estatutos. Parágrafo.- No obstante lo anterior, en cualquier caso y para desarrollar o ejercer cualquiera de sus funciones, el gerente requerirá la previa autorización de la Junta Directiva para celebrar cualquier acto o contrato a nombre de la sociedad, cuando la cuantía del acto o contrato o de las obligaciones a cargo de la sociedad de manera individual o a través de una serie de operaciones relacionadas- exceda el equivalente en pesos colombianos a mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (1000 SMMLV) a la fecha de celebración del acto o contrato, o de la última operación en el caso de operaciones relacionadas.

Parágrafo. - Los suplentes del gerente tendrán las mismas facultades otorgadas al gerente (incluida la facultad de representación legal de la sociedad) y no existirá para su actuación, un orden de prioridad entre los suplentes del gerente. Cuando en estos estatutos se haga referencia al gerente, se entenderá que se hace referencia también, en lo aplicable, a los suplentes del gerente.

Los suplentes no requerirán acreditar, para su actuación, la configuración de una falta temporal o absoluta del gerente. Bastará con su actuación para que se presuma la falta temporal o absoluta del gerente. Por Documento Privado No. Sin Núm del 08 de marzo de 2019, registrado el 9 de marzo de 2019 bajo el No. 02433332 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 del Código General del Proceso fue inscrito como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Barros Cárdenas Jhon Alex Identificación: C.C. 1.043.015.010 T.P 287.301 Por Documento Privado No. Sin Núm. del Representante Legal, del 5 de julio de 2019, registrado el 17 de Julio de 2019 bajo el número 02487223 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código General del Proceso fue inscrito como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Rey Londoño Oscar Alberto Identificación: C.C. 1.140.866.487 T.P 300.858 Por Documento Privado No. Sin Núm. del Representante Legal, del 22 de octubre de 2019, registrado el 23 de octubre de 2019 bajo el número Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ 02517724 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código General del Proceso fueron inscritos como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: John Jairo Rodriguez Bernal Jorge Andres Sanchez Rodriguez Identificación: C.C. 1.070.967.487 C.C. 1.013.641.075 T.P 325.589 278.768 Por Documento Privado No. Sin Núm. del 28 de febrero de 2020, registrado el 2 de Marzo de 2020 bajo el número 02559054 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código general del proceso fue inscrito como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Bernal García Federico Duarte Villalobos Irene Carrasco Boshell Brigitte Natalia Identificación: C.C. 80.873.156 C.C. 1.020.744.847 C.C. 1.121.914.728 T.P 175488 273878 288455 Por Documento Privado Sin núm del Representante Legal, del 29 de julio de 2020, registrado el 30 de julio de 2020 bajo el número 02602260 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código general del proceso fue inscrito como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Viviel Gonzalez Jorge Enrique Identificación: C.C. 1.014.225.303 T.P 277.946 Por Documento Privado Sin Núm. del Representante Legal, del 13 de agosto de 2020, registrado el 13 de agosto de 2020 bajo el número 02606331 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código General del Proceso fueron inscritos como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Romero Méndez Andrés Felipe Duque Duque Juan Antonio Identificación: C.C.1.019.080.336 C.C.80.085.295 T.P: 286.638 138.464 Por Documento Privado Sin Núm. del Representante Legal, del 11 de febrero de 2021, registrado 4 de marzo de 2021 bajo el número 02669512 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código general del proceso fueron inscritos como apoderado(s) judicial(es), Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Identificación: Carlos Augusto Suarez Pinzón C.C. 1.032.470.700 Miguel Alejandro Lombana Cuevas C.C. 1.022.398.901 Deivid Alexander Rodríguez Ramirez C.C. 1.233.690.042 Youssef Norredine Amara Pachon C.C. 1.019.069.334 TP: 347.852 308.077 LT25399 311.472 Por Documento Privado Sin Núm. del 12 de mayo de 2021 del Representante Legal, registrado 27 de mayo de 2021, bajo el número 02709540 del libro IX, de conformidad con el Artículo 75 del Código general del proceso fueron inscritos como apoderado(s) judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas.

Nombre: Nicolás Eduardo Ramos Ramos Daniel Andres Paz Erazo Laura María Valderrama Medrano Identificación: C.C. 1.018.469.231 C.C. 1.085.291.127 C.C. 1.010.220.471 TP: 365094 329936 307507 Por Documento Privado sin num. del 18 de agosto de 2021, inscrito el 23 de agosto de 2021 con el No. 02736169 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre Miguel Angel Salazar Cortes Michelle Valeria Mina Marulanda Identificación C.C. No. 1.019.128.867 Tarjeta Profesional 347296 C.C. No. 1.234.195.459 359423 Por Documento Privado del 16 de diciembre de 2021, inscrito el 18 de diciembre de 2021 con el No. 02773873 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre Identificación Tarjeta Profesional Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Angélica María Cure Muñoz C.C. No. 1.140.887.921 María Alejandra Ramírez Olea C.C. No. 1.152.225.557 369821 359508 Por Documento Privado del 01 de julio de 2022, inscrito el 8 de Julio de 2022, con el No. 02856173 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Andres Felipe Duque Velásquez Daniel Felipe Ramirez Sanchez Deivid Alexander Rodriguez Ramirez Manuel Rodrigo Jaimes Beltran Identificación: C.C No. 1.053.772.677 C.C No. 1.070.018.966 C.C No. 1.233.690.042 C.C No. 1.071.169.446 TP: 221517 373906 378503 417.436 Por Documento Privado del 22 de julio de 2022, inscrito el 27 de Julio de 2022 con el No. 02862244 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Diana Camila Gaitan Hemelberg Identificación: C.C No. 1.019.123.311 TP: 334532 Por Documento Privado del 23 de agosto de 2022, inscrito el 26 de agosto de 2022 con el No. 02872678 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Octavio Andrés Castillo Ocampo Stephany Obando Perea Diana Esperanza Gomez Fonseca Lina María Varela Vélez Identificación: C.C No. 1.017.267.151 C.C No. 1.107.080.046 C.C No. 1.023.967.512 C.C No. 1.234.091.873 TP: 380131 361681 419.705 364597 Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Por Documento Privado del 04 de octubre de 2022, inscrito el 7 de octubre de 2022 con el 02887434 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Andrea Juliana Hernández Rueda C.C No. 1.098.751.528 295.390 Juliana Araque Quiroz C.C No. 1.035.868274 293.693 Por Documento Privado del 28 de noviembre de 2022, inscrito el 30 de noviembre de 2022 con el No. 02904376 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: María Carolina Martinez Portillo C.C No. 1.020.721.389 Gina Paola Espinosa Martinez C.C No. 22.464.396 116.498-D1 Karen Sofia Sanchez Gonzalez C.C No. 1.152.454.659 Paola Andrea Aponte Lopez C.C No. 1.144.089.950 Mariana Pérez Cuenca C.C No. 1.020.824.515 Maria Clara Jaramillo Berrio C.C No. 1.152.702.664 TP: 207.162 383.959 387.090 367.191 388.141 Por Documento Privado del 20 de febrero de 2023, inscrito el 22 de febrero de 2023 con el No. 02936798 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Brandon Camilo Archila Jaimes Identificación: C.C No. 1.098.817.164 TP: 361.004 Por Documento Privado del 30 de junio de 2023, inscrito el 5 de julio de 2023 con el No. 02993832 del libro IX, de conformidad con el Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Camila Soler Sánchez Luis Eduardo Calderón Pastrana Yudi Marcela Barajas Soto Identificación: C.C No. 1.014.290.875 C.C No. 1.004.155.816 C.C No. 1.098.762.996 TP: 352.159 406.112 303.201 Por Documento Privado del 22 de agosto de 2023, inscrito el 24 de agosto de 2023 con el No. 03010137 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Sharik Alejandra Mateus Diaz Lorena Paola Castillo Soriano Laura Camila Guanumen Piñeros Sebastián Huertas Trujillo Identificación: C.C No. 1.010.240.279 C.C No. 1.032.505.290 C.C No. 1.032.474.517 C.C No. 1.020.844.303 TP: 403.554 404.442 355.025 399.622 Por Documento Privado del 15 de noviembre de 2023, inscrito el 15 de noviembre de 2023 con el No. 03035663 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Cristian Alexander Monroy Ortiz María Camila Guio Martínez Identificación: C.C No. 1.233.695.695 C.C No. 1.032.505.503 TP: 374.931 414.733 Por Documento Privado del 25 de enero de 2024, inscrito el 25 de enero de 2024 con el No. 03058353 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ administrativas en los de parte a: Nombre: Gabriela Pacheco Mendoza que esta última sea designada como apoderado Identificación: C.C. No. 1.020.826.114 TP: 363.705 Por Documento Privado del 12 de junio de 2024, inscrito el 14 de junio de 2024 con el No. 03128533 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Sharon Hasley Guzmán Zambrano C.C. No. 1.007.499.125 410.850 Luis Felipe Arévalo Piñeros C.C. No. 1.016.092.332 339.136 Por Documento Privado del 2 de agosto de 2024, inscrito el 5 de agosto de 2024 con el No. 03145897 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Ashley Carolina Martinez Pacheco C.C. 1.001.851.107 418656 Daniel Felipe Varon Rengifo C.C. 1.193.096.102 422404 Por Documento Privado del 09 de octubre de 2024, inscrito el 9 de octubre de 2024 con el No. 03166903 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúen como representantes de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Francisco Javier Fuenmayor Moreno C.C. 1.023.977.309 T.P. 440.491 Diego Hernando Chaparro Tirado C.C. 1.018.459.774 T.P. 295.144 Maria Camila Vivanco Machado C.C. 1.007.639.670 T.P. 410.852 Por Documento Privado del 30 de julio de 2025, inscrito el 31 de Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Julio de 2025 con el No. 03282495 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Manuela Gnecco Wilches C.C. 1.018.480.758 T.P. 388.187 Por Documento Privado del 26 de agosto de 2025, inscrito el 27 de agosto de 2025 con el No. 03290888del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre Identificación: TP: Maria Paula Monroy Valencia C.C. 1.020.842.983 T.P. 433.026 Por Documento Privado del 01 de octubre de 2025, inscrito el 3 de octubre de 2025 con el No. 03303485 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fueron inscritos para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Nicolas Godoy Vidal C.C. 1.020.762.634 T.P. 245.213 Ana Carolina Puentes Cespedes C.C. 1.010.229.148 T.P. 330.105 Dylan Makleyn Quiroga Alfonso C.C. 1.010.043.247 T.P. 405.152 Por Documento Privado del 02 de enero de 2026, inscrito el 5 de enero de 2026 con el No. 03332015 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Juan Felipe López Bolivar C.C. 1.057.607.458 T.P. 437689 Por Documento Privado del 26 de febrero de 2026, inscrito el 3 de Marzo de 2026 con el No. 03352085 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1564 de 2012 (Código General de Proceso) fue inscrito para que actúe como representante de GODOY CÓRDOBA ABOGADOS S.A.S. en los procesos judicial(es), extrajudicial(es) y actuaciones administrativas en los que esta última sea designada como apoderado de parte a: Nombre: Identificación: TP: Venus Serena Hidalgo Cuesta C.C 1.193.558.709 No.446.166 Juan Santiago Valencia Barriga C.C 1.000.696.934 No.455.221 Valentina Marin Patiño C.C 1.007.233.695 No.399.515 Manuela Dorronsoro Samper C.C 1.234.097.410 No.444.055 NOMBRAMIENTOS REPRESENTANTES LEGALES Por Acta No. 15 del 26 de marzo de 2012, de Junta Directiva, inscrita en esta Cámara de Comercio el 18 de abril de 2012 con el No. 01626132 del Libro IX, se designó a: CARGO NOMBRE Gerente Andres Cordoba IDENTIFICACIÓN Dario Godoy C.C. No. 80086521 Por Acta No. 87 del 6 de octubre de 2023, de Junta Directiva, inscrita en esta Cámara de Comercio el 11 de octubre de 2023 con el No. 03025495 del Libro IX, se designó a: CARGO NOMBRE Representante Legal Suplente Alejandro Cuberos IDENTIFICACIÓN Gonzalez C.C. No. 1020789792 Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ (Gerente Suplente) Por Acta No. 93 del 29 de febrero de 2024, de Junta Directiva, inscrita en esta Cámara de Comercio el 13 de marzo de 2024 con el No. 03077453 del Libro IX, se designó a: CARGO Primer Suplente Gerente NOMBRE IDENTIFICACIÓN Nathali Molina Galindo C.C. No. 1018405026 Del ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUNTA DIRECTIVA PRINCIPALES CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN C.C. No. 81717493 Quinto Renglon Santiago Andres Martinez Mendez Ana Cristina Medina Gonzalez Andres Dario Godoy Cordoba Daniel Francisco Buritica Cordoba Juan Jose Uribe Lopez SUPLENTES CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN Primer Renglon Segundo Renglon Tercer Renglon Cuarto Renglon Primer Renglon Carlos Fajardo Hernan Godoy C.C. No. 52991736 C.C. No. 80086521 C.C. No. 80873703 C.C. No. 79445373 C.C. No. 19251626 Por Acta No. 31 del 17 de noviembre de 2017, de Asamblea de Accionistas, inscrita en esta Cámara de Comercio el 23 de noviembre de 2017 con el No. 02278076 del Libro IX, se designó a: PRINCIPALES Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ CARGO NOMBRE Tercer Renglon Andres Cordoba IDENTIFICACIÓN Dario Godoy C.C. No. 80086521 Por Acta No. 41 del 3 de marzo de 2020, de Asamblea de Accionistas, inscrita en esta Cámara de Comercio el 2 de julio de 2020 con el No. 02582656 del Libro IX, se designó a: PRINCIPALES CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN Primer Renglon Santiago Martinez Mendez Andres C.C. No. 81717493 Cuarto Renglon Daniel Francisco Buritica Cordoba C.C. No. 80873703 NOMBRE IDENTIFICACIÓN SUPLENTES CARGO Primer Renglon Carlos Fajardo Hernan Godoy C.C. No. 19251626 Por Acta No. 51 del 23 de agosto de 2021, de Asamblea de Accionistas, inscrita en esta Cámara de Comercio el 3 de septiembre de 2021 con el No. 02740441 del Libro IX, se designó a: PRINCIPALES CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN Quinto Renglon Juan Jose Uribe Lopez C.C. No. 79445373 Por Acta No. 65 del 15 de mayo de 2023, de Asamblea de Accionistas, inscrita en esta Cámara de Comercio el 30 de mayo de 2023 con el No. 02981566 del Libro IX, se designó a: PRINCIPALES CARGO NOMBRE Segundo Renglon Ana IDENTIFICACIÓN Cristina Medina C.C. No. 52991736 Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Gonzalez REVISORES FISCALES Por Acta No. 59 del 9 de noviembre de 2022, de Asamblea de Accionistas, inscrita en esta Cámara de Comercio el 21 de noviembre de 2022 con el No. 02901235 del Libro IX, se designó a: CARGO NOMBRE Revisor Fiscal Persona Juridica BAKER LTDA IDENTIFICACIÓN TILLY COLOMBIA N.I.T. No. 800249449 5 Por Documento Privado del 17 de diciembre de 2025, de Revisor Fiscal, inscrita en esta Cámara de Comercio el 22 de diciembre de 2025 con el No. 03328432 del Libro IX, se designó a: CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN Revisor Fiscal Principal Marcela Salas Grajales C.C. No. 52187500 No. 65422-T T.P. Por Documento Privado del 24 de octubre de 2025, de Revisor Fiscal, inscrita en esta Cámara de Comercio el 31 de octubre de 2025 con el No. 03312319 del Libro IX, se designó a: CARGO NOMBRE IDENTIFICACIÓN Revisor Fiscal Suplente Juan Carlos Rodriguez Oviedo C.C. No. 1016011154 T.P. No. 299223-T PODERES Por Documento Privado No. Sin núm del Representante Legal, del 22 de noviembre de 2018, registrado el 23 de noviembre de 2018 bajo el número 00040473 del libro IX, de conformidad con el artículo 75 del Código General del Proceso fue inscrito como apoderado(s) judicial(es) y extrajudicial(es).

Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ NOMBRE: Ana Cristina Medina González IDENTIFICACIÓN: C.C. 52.991.736 NOMBRE: Carlos Hernán Godoy Fajardo IDENTIFICACIÓN: C.C. 19.251.626 NOMBRE: Francisco Erney Buriticá Ruiz IDENTIFICACIÓN: C.C. 10.529.620 NOMBRE: Andrés Fernando Da Costa Herrera IDENTIFICACIÓN: C.C. 80.505.099 NOMBRE: Gustavo Gnecco Mendoza IDENTIFICACIÓN: C.C. 19.431.641 NOMBRE: Santiago Andrés Martínez Méndez IDENTIFICACIÓN: C.C. 81.717.493 NOMBRE: María Isabel Vinasco Lozano IDENTIFICACIÓN: C.C. 53.006.455 NOMBRE: Jhon Sebastián Molina Gómez IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.018.466.887 NOMBRE: Sergio Andrés Campos Guzmán IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.015.433.588 NOMBRE: Jennifer Lorena Molina Mesa IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.129.511.816 NOMBRE: Daniel Mauricio Contreras Jaimes IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.090.424.399 NOMBRE: Fabio Andrés Salazar Reslen IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.032.358.377 NOMBRE: Ricardo José Aguirre Bejarano IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.018.442.942 NOMBRE: Ernesto Rosales Jaramillo IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.090.420.262 Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ NOMBRE: Juan Sebastián Velandia Párraga IDENTIFICACIÓN: C.C. 1.018.456.181 Por Documento Privado del 19 de enero de 2026, de Representante Legal, registrado en esta Cámara de Comercio el 23 de Enero de 2026, con el No. 00057091 del libro V, la persona jurídica confirió poder especial, amplio y suficiente, a favor de Juliana Mogollón Nossa, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.057.572.969 (en adelante la "Apoderada"), para que represente a la Poderdante y actúe en su nombre y representación en las siguientes materias: 1.

En los diferentes temas relacionados con la administración, vinculación, contratación, afiliación, desvinculación, desafiliación y relevo de personal de la Sociedad, con las siguientes facultades específicas y todas aquellas directamente relacionadas con ellas o necesarias para poderlas ejercer, sin que se extiendan a temas o materias sustancialmente distintas: i) Preparar, firmar y presentar cualquier documento en los temas relacionados con la administración, contratación y relevo de personal de la Sociedad, incluyendo contratos de trabajo, de prestación de servicios, diligenciamiento de formularios y documentos de vinculación ante cualquier tipo de autoridad pública o privada relacionada con, el sector de salud, de trabajo o de seguridad social; ii) Representar a la Sociedad administrativa, judicial y extrajudicialmente ante los empleados, funcionarios, terceros y toda clase de autoridades públicas, judiciales y administrativas en los temas relacionados con la administración, vinculación, contratación, desvinculación, desafiliación y relevo de personal de la Sociedad;iii) Notificarse personalmente de cualquier decisión proferida por las autoridades administrativas y judiciales en las' cuales resulten involucrados de cualquier forma los intereses de la Sociedad en los temas referidos, presentar recursos, solicitar pruebas, responder y/o elevar peticiones frente a ellas. 2.

La Apoderada tendrá autorización para realizar cualquier acción y declaración necesaria para cumplir con el propósito del presente Poder, dentro del marco de las facultades anteriormente descritas. REFORMAS DE ESTATUTOS Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Los estatutos de la sociedad han sido reformados así: DOCUMENTO E. P. No. 0002230 del 26 de junio de 2007 de la Notaría 21 de Bogotá D.C. Acta No. 013 del 28 de diciembre de 2009 de la Junta de Socios Acta No. 24 del 11 de abril de 2016 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 33 del 15 de enero de 2018 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 37 del 2 de noviembre de 2018 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 39 del 13 de diciembre de 2018 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 41 del 3 de marzo de 2020 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 51 del 31 de enero de 2022 de la Asamblea de Accionistas Acta No. 58 del 19 de julio de 2022 de la Asamblea de Accionistas INSCRIPCIÓN 01147130 del 26 2007 del Libro IX de julio de 01356856 del 27 de enero de 2010 del Libro IX 02099420 del 2 de mayo de 2016 del Libro IX 02297434 del 30 de enero de 2018 del Libro IX 02466433 del 16 de mayo de 2019 del Libro IX 02407938 del 21 de diciembre de 2018 del Libro IX 02582655 del 2 de julio de 2020 del Libro IX 02790542 del 9 de febrero de 2022 del Libro IX 02862790 del 28 de julio de 2022 del Libro IX RECURSOS CONTRA LOS ACTOS DE INSCRIPCIÓN De conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 962 de 2005, los actos administrativos de registro, quedan en firme dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de inscripción, siempre que no sean objeto de recursos.

Para estos efectos, se informa que para la Cámara de Comercio de Bogotá, los sábados NO son días hábiles. Una vez interpuestos los recursos, los actos administrativos recurridos quedan en efecto suspensivo, hasta tanto los mismos sean resueltos, conforme lo prevé el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo.

A la fecha y hora de expedición de este certificado, NO se encuentra en curso ningún recurso. Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - CIIU Actividad principal Código CIIU: 6910 TAMAÑO EMPRESARIAL De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.13.2.1 del Decreto 1074 de 2015 y la Resolución 2225 de 2019 del DANE el tamaño de la empresa es Grande Lo anterior de acuerdo a la información reportada por el matriculado o inscrito en el formulario RUES: Ingresos por actividad ordinaria $ 78.633.151.721 Actividad económica por la que percibió mayores ingresos en el período - CIIU: 6910 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Que, los datos del empresario y/o el establecimiento de comercio han sido puestos a disposición de la Policía Nacional a través de la consulta a la base de datos del RUES.

Los siguientes datos sobre RIT y Planeación son informativos: Contribuyente inscrito en el registro RIT de la Dirección de Impuestos, fecha de inscripción: 31 de enero de 2005. Fecha de envío de información a Planeación: 22 de marzo de 2026. \n \n Señor empresario, si su empresa tiene activos inferiores a 30.000 SMLMV y una planta de personal de menos de 200 trabajadores, usted tiene derecho a recibir un descuento en el pago de los parafiscales de 75% en el primer año de constitución de su empresa, de 50% en el segundo año y de 25% en el tercer año. Ley 590 de 2000 y Decreto 525 de 2009.

Recuerde ingresar a www.supersociedades.gov.co para verificar si su empresa está obligada a remitir estados financieros. Evite sanciones. El presente ningún caso. certificado no constituye permiso de funcionamiento en Cámara de Comercio de Bogotá Sede Virtual CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Fecha Expedición: 1 de abril de 2026 Hora: 11:06:16 Recibo No. AA26667374 Valor: $ 12,100 CÓDIGO DE VERIFICACIÓN A26667374DDC74 Verifique el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresando a www.ccb.org.co/certificadoselectronicos y digite el respectivo código, para que visualice la imagen generada al momento de su expedición. La verificación se puede realizar de manera ilimitada, durante 60 días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. ------------------------------------------------------------------------------------------------ ********************************************************************** Este certificado refleja la situación jurídica registral de la sociedad, a la fecha y hora de su expedición. ********************************************************************** Este certificado fue generado electrónicamente con firma digital y cuenta con plena validez jurídica conforme a la Ley 527 de 1999. ********************************************************************** Firma mecánica de conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la autorización impartida por la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el oficio del 18 de noviembre de 1996.