. Bogotá, D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) En virtud de la condena en costas a la demandante principal se fijan como agencias en derecho la suma de 3 S.L.M.M.V., de acuerdo con el numeral 1 del artículo 5 del Acuerdo PSAA16-10554 CUMPLASE, R.A.B. 11001310303620220027101 Radicado Interno: 6616
auto — Tribunal Superior de Bogotá
Radicado: 036-2022-00271-01 DR ACOSTA AUTO FIJA AGENCIAS EN DERECHO
Sala: SALA CIVIL