REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 006 2021 00479 02. Tipo: Verbal. Demandante: Arista de Colombia S.A.S. Demandados: Consuelo del Pilar Arias de Giraldo, Liliana Giraldo Arias, Guillermo, Claudia Marcela y Sandra Dory Sánchez Giraldo.
Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN En atención al escrito de transacción allegado por la parte demandante el 12 de septiembre de 20251, y conforme a lo manifestado por el apoderado judicial2 de las codemandadas Consuelo del Pilar Arias de Giraldo y Liliana Giraldo Arias, se dispone: Primero: Aceptar la transacción suscrita entre la sociedad convocante Arista de Colombia S.A.S. y el codemandado Guillermo Sánchez Giraldo.
En consecuencia, terminar el proceso sin condena en costas, únicamente en lo que respecta al codemandado Guillermo Sánchez Giraldo. Segundo: Continuar con la actuación frente a los otros demandados, esto es, Consuelo del Pilar Arias de Giraldo, Liliana Giraldo Arias, Claudia Marcela y Sandra Dory Sánchez Giraldo. 1 Cfr. fls. 7-20, PDF 013 – Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. PDF 020 – Cuaderno Tribunal.
Radicación: 11001 31 03 006 2021 00479 02 Tercero: Respecto al levantamiento de medidas cautelares, se deberá solicitar ante el juez de primer grado, atendiendo el efecto en el que fue conferida la alzada (suspensivo), conforme lo dispone el artículo 323 ibidem. Cuarto: Secretaría, ejecutoriado este proveído ingrese el proceso al despacho para decidir lo que corresponda en derecho.
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 294187a5e70b3129d9604882294cfa37853e80f986f18d81b596d205c8e8dc4f Documento generado en 20/10/2025 10:29:13 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2