Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2025-00041-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 73001-31-05-004-2025-00041-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Consulta de Sentencia Auto Ordinario Flor Aramendiz Cultivos Casa S.A.S. Y Colpensiones 73001-31-05-004-2025-00041-01 Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibague - Tolima Admisión consulta y corre traslado para alegar Admite consulta y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, ocho (08) de abril del dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 69 del CPT y de la SS, es procedente admitir el Grado Jurisdiccional de Consulta respecto de la sentencia de proceso ordinario laboral proferida el veinticinco (25) de marzo del dos mil veintiseis (2026) por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué - Tolima y en favor de la parte demandante Flor Aramendiz, al no ser apelada y ser la misma totalmente adversa a sus intereses.

Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada. Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.

Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73001-31-05-004-2025-00041-01 RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta respecto de la sentencia de proceso ordinario laboral y en favor de la parte demandante, al ser totalmente adversa la decisión a sus intereses.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Radicado: 73001-31-05-004-2025-00041-01 Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2535dc052489a7c69e1edbf95914dc8a6d65a0084f3ffb73d17e256e65122b71 Documento generado en 08/04/2026 09:37:27 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica