REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., diez (10) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO DEMANDANTES DEMANDADO RADICADO DECISIÓN Rec. Ext. Anulación Laudo arbitral Carolina Rico Rodríguez y otro Banco Popular S.A. 110012203000 2024 03040 00 Niega solicitud A efectos de proveer acerca de lo solicitado por el apoderado de Carolina Rico Rodríguez y Miguel Darío Rico Acosta, enfilado a que se adopten “(…) las medidas conducentes frente a los hechos de posible inducción en error (…) y que afectaron el laudo materia del recurso de anulación (…)”1, cumple precisar que tal pedimento no solo fue presentado por fuera del contexto del recurso de anulación atemperado frente al laudo calendado 27 de agosto hogaño, sino que también se expuso con posterioridad a dicha impugnación, la cual, como es sabido, “(…) deberá interponerse debidamente sustentado, ante el tribunal arbitral, con indicación de las causales invocadas, dentro de los treinta (30) días (…)” siguientes a la notificación de la decisión. De hecho, la solicitud se formuló después del auto que admitió el recurso, por lo que el trámite subsiguiente es que “(…) el expediente pasará al despacho para sentencia (…)”; razón por la que se deniega lo impetrado.
Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 Archivo “013PoneConocimientoPosibleErrorInducido.pdf”. Exp. 110012203000 2024 03040 00 Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ec141d7f4c83c417f07a3dfa68ceac2f441201eacdea765dfce02ccac9cb4d1e Documento generado en 10/12/2024 08:33:18 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica