TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL MAGISTRADA SUSTANCIADORA: GILMA LETICIA PARADA PULIDO Neiva (H), veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025) RAD: 41001-31-05-001-2021-00356-01. PROCESO ORDINARIO LABORAL DE CLARA EUGENIA MONTENEGRO TRUJILLO CONTRA EL MUNICIPIO DE NEIVA. Obedézcase y cúmplase a lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de JusticiaSala de Casación Laboral, en providencia calendada el veintinueve (29) de abril de dos mil veinticinco (2025), mediante la cual decidió NO CASAR la Sentencia proferida por esta Sala de Decisión, el veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticuatro (2024).
Por otro lado, conforme a la condena en costas impuesta a la parte demandante, en la referida sentencia de fecha 29 de mayo de 2024, se fijan como agencias en derecho la suma de SETECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($711.750 M/CTE.), ello en atención a lo dispuesto en el Acuerdo PSAA1610554 de 2016, emanado del Consejo Superior de la Judicatura Ejecutoriado el presente asunto, devuélvase el expediente a Juzgado de origen.
NOTIFÍQUESE GILMA LETICIA PARADA PULIDO Magistrada Firmado Por: Gilma Leticia Parada Pulido Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 36bb117fceaf801c06af36c98ca327d1babd9faacb90e3b75e71e85a589b5836 Documento generado en 28/05/2025 12:22:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica