TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: EJECUTIVO QUIROGRAFARIO 11001310304820210005901 BERNARDO DE LA ESPRIELLA PEREIRA GUSTAVO JIMENEZ ESCOBAR y LILIANA JIMÉNEZ ESCOBAR ADMITIR el recurso de apelación formulado por el extremo ejecutante contra la sentencia proferida el 26 de marzo de 2026, por el Juzgado 48 Civil del Circuito de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER a la parte recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir al extremo apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Rad. 11001310304820210005901 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5600c1e665d31a5c627f134305b6932bc9215b14b25c3c143027accfb3625938 Documento generado en 28/05/2026 04:55:40 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica