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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 04. 41001-31-05-002-2017-00174-02 AutoReconocePersoneria Dr Luz Dary

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, veintitrés (23) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Magistrada: LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Radicación: 41001-31-05-002-2017-00174-02 Demandante: CÉSAR AUGUSTO GONZÁLEZ VIUCHY Demandado: COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A. Proceso: ORDINARIO LABORAL En cumplimiento del requerimiento realizado mediante auto del pasado 12 de julio, el abogado HAROLD BOSSO ROJAS aportó poder conferido por el demandante para continuar representándolo en el proceso de la referencia, atendiendo lo consagrado en artículo 75 del C.G.P. Por lo que se, DISPONE: RECONOCER PERSONERÍA al abogado HAROLD BOSSO ROJAS, con cédula de ciudadanía No. 12.258.051 y portador de la tarjeta profesional No. 201460 del C.S. de la J., para actuar como apoderado del demandante, en el presente asunto, en los términos y con las facultades conferidas.

NOTIFÍQUESE LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Firmado Por: Luz Dary Ortega Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a331c9657921819ad23a91efde65e929f5b92b34fe6729f0925b73030c41def2 Documento generado en 23/07/2024 09:11:34 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica