TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA LABORAL MAGISTRADO SUSTANCIADOR: HENRY LOZADA PINILLA Bucaramanga, veinte (20) de enero dos mil veinticinco (2025) ORDINARIO DE CARMENZA MALDONADO GRANADOS CONTRA PROTECCIÓN S.A., DIANA ELOINA RINCÓN APONTE y NICOLÁS DAVID MEDINA REYES. Se profiere el siguiente; AUTO: El 16 de octubre de 2024, la codemandada Protección S.A., desistió del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de primera instancia proferida el día 02 de septiembre de 2024, en el subexamine.
El desistimiento presentado se ajusta a los parámetros establecidos en el art. 314 del CGP, aplicable por el principio de integración normativa del art. 145 del CPTSS, básicamente, en tanto, se encuentra pendiente de resolver sobre la alzada en cuestión, razón por la cual se aceptará la solicitud impetrada. Respecto de la condena en costas, el inciso 3° del art. 316 ibídem, establece que “(…) El auto que acepte un desistimiento condenará en costas a quien desistió… No obstante, el juez podrá abstenerse de condenar en costas y perjuicios en los siguientes casos: 1… 2.
Cuando Rad. 68.001.31.05.005.2022.00101-01 Int. 1184-2024 se trate del desistimiento de un recurso ante el juez que lo haya concedido (…)” 3 y 4”. En el presente caso, el desistimiento se presentó ante el juez de primer grado y se reiteró en èsta instancia, luego, atendiendo las previsiones del ordinal 2°, no habrá condena en costas. De otro lado, se ordenará continuar con el trámite del recurso de apelación también formulado por el Curador Ad-litem del demandado Nicolas David Medina Reyes formulado contra la Sentencia a que se hizo alusión. En mérito de lo expuesto, el Magistrado Sustanciador, R E S U E L V E:
PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación formulado por la codemandada Protección S.A. contra la sentencia de primera instancia proferida, el 02 de septiembre de 2024, en el sub-examine.
SEGUNDO: CONTINUESE con el trámite del recurso de apelación formulado por Curador Ad-litem del demandado Nicolas David Medina Reyes formulado contra la Sentencia del del 2 de septiembre de 2024. Notifíquese, HENRY LOZADA PINILLA Magistrado 2