TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL PROCESO: Verbal EXPEDIENTE: 68755-3113-002-2024-00095-02 DEMANDANTE: José Pascual Duarte Córdoba DEMANDADOS: Rosa Delia Alarcón Granados y Alexander Duarte Mantilla San Gil, cinco (5) de marzo de dos mil veintiséis (2026) El Despacho, al estudiar el expediente para proferir sentencia de segunda instancia, advierte que en las grabaciones de las audiencias las declaraciones recibidas en calidad de interrogatorio de parte y los testimonios aparecen interrumpidos.
Ello obedece a que, en diversas ocasiones, el juez mantuvo encendido su micrófono mientras los declarantes daban sus respuestas, circunstancia que ocasiona que el sistema de grabación anule el audio de los demás participantes para dar prioridad al del juez (archivos 037, 038, 039, 040, 050 y 056 del expediente de primer grado). Como el Tribunal no puede suponer que las respuestas que no quedaron registradas contienen información intrascendente para la resolución del proceso, se REQUIERE al juez de primera instancia para que, dentro del término de un (1) mes, remita las grabaciones de las audiencias en las que pueda escucharse íntegramente la totalidad de las intervenciones de las partes y de los testigos que rindieron declaración. El asunto conservará el turno que tenía para fallo.
Antes de remitir nuevamente el expediente a esta instancia, el señor Juez Segundo Civil del Circuito de Socorro deberá corroborar rigurosamente que los archivos respectivos reflejan íntegramente el desarrollo de las audiencias. Notifíquese, SANTIAGO ROSERO DÍAZ DEL CASTILLO Magistrado 68755-3113-002-2024-00095-02 1 Firmado Por: Santiago Rosero Diaz Del Castillo Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f167d79dfedd109ee5a1a79099d7fcf493c8214b91fb3f4a670a18b0e47a9c40 Documento generado en 05/03/2026 12:49:13 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 68755-3113-002-2024-00095-02 2