REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Sala Primera de Decisión Laboral Radicación: Asunto: Demandante: Demandada: Magistrado Ponente: 731683103001202100120-01 Ordinario laboral – apelación de sentencia MARÍA LILIA MURILLO MARTÍNEZ COOPERATIVA DE CAFICULTORES DEL SUR DEL TOLIMA - CAFISUR RAFAEL MORENO VARGAS Ibagué – Tolima, once (11) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 4 de junio de 2024 (SL1425-2024), no casó la sentencia recurrida, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto.
(Archivo 0016 Carpeta de la Corte). De otra parte, en consideración a que hubo condena en costas del recurso de extraordinario de Casación1, así como en segunda instancia2, estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez a quo, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
CÚMPLASE, RAFAEL MORENO VARGAS Magistrado 1 Archivo “0016Senmtencia” de la carpeta “RecursoExtraordinario” del expediente digital 2 Archivo “08ConfirmaSentencia731683103001202100120-01 MaríaMartínezvsCafisurLtda” ibidem