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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - U.M.H 2023-00026-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

Ponente: Carlos Villamizar Suárez

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA DECLARACIÓN DE UNIÓN MARITAL DE HECHO, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL.

AUTO ADMITE DEMANDANTE: - NUBIA CRISTINA CORDERO VILLAMIZAR DEMANDADO: - JORGE DÍAZ ARGUELLO JUZGADO DE JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA ORIGEN: DEL CIRCUITO DE SOCORRO, SANTANDER RADICACIÓN: 68-755-31-84-001-2023-00026-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto suspensivo, la apelación formulada por el apoderado judicial de la parte demandante -Nubia Cristina Cordero Villamizar- y por la apoderada judicial de la parte demandada -Jorge Díaz Arguello-; contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), proferida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia del Circuito de Socorro, Santander, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, la apelante deberá sustentar POR ESCRITO el recurso, a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, documento que deberá ser allegado al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a los no recurrentes, para que igualmente se pronuncien POR ESCRITO que deberá ser allegado a la dirección electrónica ut supra. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para sí es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8b4f47097832900570fce79b89cbcf2d49db64ea09730ba5326b444550937e3f Documento generado en 18/12/2024 04:51:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica